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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de julio de 2012 470926 información solicitada, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; Que, asimismo, este artículo establece que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante el Informe del visto, la Ofi cina de Secretaría General, solicita se actualice la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 091-2011-02.00, de fecha 17 de agosto de 2011, por la cual se designó a los funcionarios de las Gerencias Zonales del SENCICO, responsables de la entrega de información, en razón que algunos funcionarios dejaron de laborar en diferentes Gerencias Zonales, por lo cual, el Supervisor de Gerencias Zonales a través del Informe Nº 036-2012-SGZ, que se adjunta al documento del visto, hace de conocimiento a la personas propuestas en las Gerencias Zonales de Iquitos, Trujillo, Huancayo y Tacna; Con las visaciones del Gerente General, del Supervisor de Gerencias Zonales, de la Asesora Legal y del Jefe de la Ofi cina de Secretaría General (e); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car la Resolución Nº 091- 2011-02.00 únicamente respecto a los funcionarios Responsables de la Entrega de Información en las Gerencias Zonales de Iquitos, Trujillo, Huancayo, y Tacna, designando a partir de la fecha a las siguientes personas: Funcionarios responsables de brindar Información solicitada: Gerencia Zonal Iquitos Titular : Bernita del Rosario Pérez Rojas, Gerente (e) Zonal Iquitos. Suplente : Carlos Arturo Baluarte Vásquez, Especialista Educativo. Gerencia Zonal Trujillo Titular : Lázaro Rodolfo Zare Reyes, Gerente (e) Zonal Trujillo. Suplente : Juan Enrique Guillen Pinto, Promotor Educativo. Gerencia Zonal Huancayo Titular : José Esteban Valenzuela Napanga, Gerente Zonal Huancayo. Suplente : Yesenia Mabel Dionisio Osores, Administradora Contable (e). Gerencia Zonal Tacna Titular : Manuel Fabricio Begazo Guzmán, Gerente Zonal Tacna. Suplente : Julio Freddy Morales Soto, Especialista Educativo. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL IMAÑA RAMÍREZ ALZAMORA Presidente Ejecutivo del SENCICO 816011-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 096-2012/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 12 de julio de 2012 Visto el Expediente N° 040-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 140 020,54 m², ubicado al sur del Centro Poblado Virgen de las Mercedes y al noreste del Centro Poblado de Refugio Santo Domingo, en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 140 020,54 m², ubicado al sur del Centro Poblado Virgen de las Mercedes y al noreste del Centro Poblado de Refugio Santo Domingo, en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; que se encontraría sin inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 15 de noviembre de 2011, se verifi có que el terreno es naturaleza eriaza, de forma irregular, de topografía accidentada, de suelo arcilloso y rocoso y se encuentra desocupado; Que, la Ofi cina Registral de Lima remitió el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 17 de enero de 2012 sobre la base el Informe Técnico Nº 00439-2012- SUNARP-Z.R.NºIX-OC, señaló que desarrollado el cuadro de coordenadas presentados se verifi ca que los datos de área y perímetro son concordantes entre sí, la misma que fue comparada con el mosaico de propiedades inscritas disponible a la fecha y sujeto a actualización de la Ofi cina de Catastro, visualizando que el polígono se encuentra en una zona de cerros eriazos donde no se visualiza cartografía del predio inscrito; Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios señala que no impide la inmatriculación, el Informe Técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 140 020,54 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0084-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 18 de junio de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 140 020,54 m², ubicado