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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2012 (20/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de julio de 2012 470921 el Viceministerio de Transportes, y los Informes Nº 074- 2012-MTC/13 y Nº 090-2012-MTC/13, emitidos por el Director General de Transporte Acuático, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento OF.RE (DGA-SUD) Nº 2- 15-B/383 el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú hace de conocimiento al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la invitación del gobierno brasileño para participar en la Reunión del Grupo de Trabajo sobre Transporte Brasil - Ecuador, evento que se llevará a cabo en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el día 14 de agosto de 2012; Que, la citada Reunión del Grupo de Trabajo sobre Transporte Brasil - Ecuador, tiene como objetivo examinar el Eje Modal Manta - Manaos, con el propósito de interconectar ambos puertos, consistiendo dicho Eje en: i) la interconexión de Manta al puerto Fluvial en el Río Napo, ii) la modernización del puerto fl uvial, iii) la mejora del trecho fl uvial del Río Napo (186 Km. en territorio ecuatoriano y 2,500 Km. en territorio peruano); y iv) el establecimiento de una ruta aérea de carga entre Manta y Manaos; Que, según lo señalado por la Dirección General de Transporte Acuático, el proyecto Manta - Manaos ha sido incluido dentro de la cartera de proyectos de la Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional Sudamericana (IIRSA), como parte del Grupo 2 de proyectos del Eje Amazónico, denominado “Acceso a la Hidrovía del Napo”, indicando que una parte importante de la referida interconexión fl uvial se realiza en territorio peruano; Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar la participación del señor Lauro Johnny Marquez de Oliveira, profesional de la Dirección General de Transporte Acuático, asumiendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y a lo informado por la Dirección General de Transporte Acuático, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Lauro Johnny Marquez de Oliveira, profesional de la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 13 al 15 de agosto de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluida la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto) US$ 2,256.41 Viáticos US$ 400.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje; el mencionado profesional deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 817111-9 Otorgan a Peruvian Air Line S.A. Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial en el sentido de incrementar rutas y frecuencias RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 188-2012-MTC/12 Lima, 18 de junio de 2012 Vista la solicitud de la compañía PERUVIAN AIR LINE S.A., sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Nº 285-2009-MTC/12 del 27 de noviembre del 2009 se otorgó a la compañía PERUVIAN AIR LINE S.A., Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 26 de abril del 2010; Que, mediante Expediente Nº 2011-061886 del 16 de diciembre del 2011, Documento de Registro Nº 150062 del 19 de diciembre del 2011, Documento de Registro Nº 009208 del 20 de enero del 2012 y Documento de Registro Nº 035391 del 22 de marzo del 2012, la Compañía PERUVIAN AIR LINE S.A., solicitó la Modifi cación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar rutas y frecuencias; Que, según los términos del Memorando Nº 486-2011- MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Memorando Nº 019-2012-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 765-2012-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil e Informe Nº 164-2012-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía PERUVIAN AIR LINE S.A., la Modifi cación de su Permiso de Operación de