Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2012 (20/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de julio de 2012 470928 el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 163-2011-SERVIR-PE, el señor Edmundo Esquivel Vila fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, mediante Ofi cio N° 137-2012-GRA/PRES, el Gobierno Regional de Ayacucho requiere la asignación de un Gerente Público para ocupar el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Ofi cina Regional de Administración, dicho cargo de destino fue aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 098-2012-SERVIR-PE; Que, el Consejo Directivo en su sesión Nº 027-2012 aprobó la asignación del Gerente Público Edmundo Esquivel Vila al cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ayacucho; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignar, al Gerente Público que se señala a continuación a la entidad y cargo de destino según el detalle siguiente: GERENTE PÚBLICO CARGO ENTIDAD DE DESTINO Edmundo Esquivel Vila Director de Sistema Administrativo III de la Ofi cina Regional de Administración Gobierno Regional de Ayacucho Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con el Gobierno Regional de Ayacucho se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 817039-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Relación de proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados con inhabilitación por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de junio de 2012 RESOLUCIÓN Nº 195-2012-OSCE/PRE Jesús María, 19 de julio de 2012 VISTO: El Memorando Nº 1076-2012/DRNP-JGT de la Dirección del Registro Nacional de Proveedores, referido a la publicación del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Ofi cial El Peruano la relación de sancionados para contratar con el Estado; Que, el artículo 281 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que el OSCE, publicará mensualmente la relación de proveedores, participantes, postores y/o contratistas que hayan sido sancionados con inhabilitación temporal o defi nitiva por el Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Dirección del Registro Nacional de Proveedores respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados con inhabilitación, comunicados a dicha Dirección por el Tribunal durante el mes de junio de 2012. De conformidad con lo dispuesto en el literal u) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789- 2011-EF/10; y con las visaciones de la Sub Dirección de Información Registral, Secretaría del Tribunal, Dirección del Registro Nacional de Proveedores, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y Secretaria General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados con inhabilitación por el Tribunal durante el mes de junio de 2012: 1. PANAMERICANA SERVICIOS GENERALES S.A.C., Inhabilitación por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 034-2012-TC-S2 del 13.01.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 2. RIOS CABANILLAS LUCIO AGUSTIN, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución N° 215-2012-TC-S2 del 01.03.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución a través del Diario Ofi cial El Peruano. 3. CONSULTORIA Y SERVICIOS GENERALES LAES S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no mantener su oferta hasta el consentimiento de la buena pro, causal tipifi cada en el literal a) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, según Resolución Nº 216-2012-TC- S2 del 01.03.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 4. CONSTRUMAS S.A.C., Inhabilitación por dieciséis (16) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 331- 2012-TC-S2 del 28.03.2012, sanción que entrará en