Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2012 (22/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
DECRETA

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2012

el articulo 38.5 sostiene: "Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. (...)" En consecuencia, siendo el objetivo de la Modificacion del MORDAZA, la simplificacion de los tramites contenidos en este, es de opinion que conforme a lo regulado en el numeral 38.5 del articulo 38° de la Ley de Procedimiento Administrativo General N° 27444 se proceda con la modificacion del mismo, suprimiendo los requisitos adicionales del procedimiento denominado "Licencia de Funcionamiento Municipal", debiendose proceder a emitir el decreto de alcaldia correspondiente. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades y la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, suprimiendo los requisitos adicionales del procedimiento denominado "Licencia de Funcionamiento Municipal, de acuerdo al Anexo N° 01 adjunto al presente Decreto de Alcaldia y estara publicado en el MORDAZA Web Institucional. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia General y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 817713-1

Articulo 1°.- DISPONER el embaderamiento general de todos los inmuebles del Distrito de Bellavista, del 16 hasta el 31 de MORDAZA del presente ano, con ocasion de celebrar el 191° Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru. Articulo 2°.- DISPONER que todas las areas Administrativas de la Entidad cumplan con la difusion e implementacion del presente Decreto de Alcaldia, en lo que les corresponda. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA 817379-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Declaran intangible y de alto riesgo en su totalidad la franja del cerro de la carretera Sayan - MORDAZA desde el Km. 45.5 hasta la Gruta "Virgen de Fatima" por el peligro de deslizamiento e inundacion de talud
ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2012-MDS Sayan, 31 de MORDAZA de 2012

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDIA N° 013-2012-MDB-AL Bellavista, 12 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CONSIDERANDO: Que, el 28 de MORDAZA del presente ano, se celebra el 191° Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru; Que, con tal motivo durante el mes de MORDAZA se realizaran diversas actividades patrioticas que fortalecen los sentimientos de identidad nacional y profundo respeto y MORDAZA a nuestros simbolos patrios, por lo que, como una demostracion de especial civismo, debemos cumplir con el embanderamiento general de todos los inmuebles en nuestra jurisdiccion; Que, el articulo 82° de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades, en materia de educacion, cultura, deporte y recreacion, impulsar una cultura civica de respeto y promover la consolidacion de una cultura de ciudadania democratica; De Conformidad con los articulos 20, Inc. 6) y 42 de la Ley 27972- Organica de Municipalidades;

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYAN VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que "Declara Intangible y de Alto Riesgo en su Totalidad la Franja del Cerro de la Carretera Sayan ­ MORDAZA desde el Km. 45.5 hasta la Gruta de la "Virgen de Fatima", por peligro de deslizamiento e inundacion de talud; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres senala los principios generales que rigen la Gestion del Riesgo de Desastres siendo: I. MORDAZA Protector: La persona humana es el fin supremo de la Gestion del Riesgo de Desastres, por lo cual debe proteger su MORDAZA e integridad fisica, su estructura productiva, sus bienes y su medio ambiente frente a posibles desastres o eventos peligrosos que puedan ocurrir. Que, en el MORDAZA de las competencias y funciones establecidas en la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, establecidos en los Articulos 73° y 79°, a las Municipalidades les corresponde planificar el desarrollo local y el ordenamiento territorial, emitiendo normas tecnicas en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, asi como sobre proteccion y conservacion del mismo. Que, mediante Informe Nº 043-2012-MDS/ODU y R/ STD de fecha 16 de Marzo de 2012, la Oficina de Defensa Civil comunica respecto a la existencia de personas que vienen parcelando las laderas del cerro convirtiendolas en chacras exponiendo en alto riesgo a los vehiculos de transporte y a las personas que circulan diariamente por

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