Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2012 (22/07/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

471139

Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, Que, los numerales 3.1) y 3.2) del articulo 80° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza publica, determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales; Que, mediante Ley Nº 27314, se aprobo la Ley General de Residuos Solidos y su modificatoria al Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su articulo 10º preceptua que las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestion de residuos solidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos, en todo ambito de su jurisdiccion, asegurando una adecuada prestacion del servicio de limpieza publica, recoleccion y transporte de residuos en su produccion, debiendo garantizar la adecuada disposicion final de los mismos; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado mediante DS. 057 -2004- PCM, precisa en el articulo 23 que las Municipalidades Distritales formulan sus planes sobre el Manejo de Residuos Solidos, con participacion de la ciudadania, en coordinacion con el Gobierno regional, Autoridades de Salud Ambiental y demas autoridades competentes previstas en la Ley. Que, el Plan de Manejo de Residuos Solidos (PMRS) para el Distrito de MORDAZA MORDAZA ha sido elaborado por la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA y el Equipo tecnico de la Gerencia de Servicios Publicos y Desarrollo Social, el cual establece las condiciones para una adecuada gestion y manejo de los residuos solidos en todo el ambito distrital, desde la generacion hasta su disposicion final, asegurando una eficiente y eficaz prestacion de los servicios y actividades. Que, mediante Memorando Nº 469-2012-GSPDSGG/MDSA la Gerencia de Servicios Publicos y Desarrollo Social, presenta el MORDAZA Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de MORDAZA MORDAZA, el cual sustenta el cumplimiento de metas establecidas en el Programa de Modernizacion Municipal y Plan de Incrementar la mejora de la Gestion Municipal. De conformidad con lo establecido en el Articulo 9º, inciso 8), Articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar el "Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de MORDAZA MORDAZA (PMRS), que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Servicios Publicos y Desarrollo Social la implementacion y ejecucion del Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de MORDAZA MORDAZA en coordinacion con las demas Unidades Organicas de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 817712-1

Modifican el MORDAZA de la Municipalidad en el procedimiento denominado Licencia Municipal de Funcionamiento
DECRETO DE ALCALDIA Nº 00008-2012/MDSA MORDAZA MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Memorando Nº 130-2012-GPPR/MDSA, por el cual se solicita modificar el TUPA- Texto Unico de Procedimientos Administrativos, a efectos de eliminar los requisitos adicionales para el otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamiento. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 941-2012-SGCL-GR/MDSA la Subgerencia de Comercializacion y Licencias, en atencion a las observaciones efectuadas por el INDECOPI mediante la Resolucion N° 197-2012/STCEB-INDECOPI, y en virtud a lo dispuesto por la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento y la Ley de Simplificacion Administrativa, propone modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad, eliminando los requisitos adicionales que forman parte del procedimiento denominado "Licencia Municipal de Funcionamiento", en tanto se estaria exigiendo la MORDAZA de determinadas autorizaciones sectoriales que no habrian sido establecidas por una Ley que la requiera de manera previa al otorgamiento de la licencia. Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion con el Memorandum N° 130-2012GPPR-GG/MDSA, informa que el MORDAZA aprobado con Ordenanza N° 043-MDSA y ratificado por Acuerdo de Concejo N° 550 MML, senala que con el proposito de dar estricto cumplimiento a las normas de caracter nacional, asi como de salvaguardar los intereses municipales considera suprimir los requisitos adicionales en los extremos senalados en la Resolucion N° 197-2012/ STCEB- INDECOPI (requisitos adicionales numerales 6), 9), 10), 11), 12), 13) y 14)), toda vez que se presume que los requisitos adicionales para otros giros, cumplen tecnica y normativamente su exigencia de lo contrario la observacion recaeria en el integro de los requisitos adicionales, indicando que la modificacion propuesta, se da en estricto cumplimiento a las normas de caracter nacional. Que, el articulo 6° de la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento dispone que las municipalidades pueden evaluar unicamente i) la zonificacion y compatibilidad de uso, y en caso corresponda ii) las condiciones de defensa civil de los establecimientos; siendo que cualquier otro aspecto debera ser materia de fiscalizacion posterior. Por su parte, el articulo 7° de la referida ley establece los requisitos maximos que pueden ser exigidos por las municipalidades para el otorgamiento de una licencia de funcionamiento, siendo que en el primer item del numeral d) establece que adicionalmente de ser el caso, sera exigible MORDAZA simple de la autorizacion sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. Que, mediante Informe Nº 362-2012-GAJ/MDSA, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que en el presente caso de la revision del procedimiento denominado "Licencia Municipal de Funcionamiento" contemplado en el MORDAZA de este corporativo MORDAZA se ha constatado que se viene exigiendo requisitos adicionales que no han sido establecidos por una Ley que los requiera de manera previa al otorgamiento de la licencia. En este sentido, cabe indicar que la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su articulo 36.3 establece lo siguiente: "Las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, segun se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente". Del mismo modo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.