Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2012 (22/07/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

471134

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2012

misma Ley que dispone, "Las autoridades sectoriales y municipales estableceran condiciones favorables que directa o indirectamente generen un beneficio economico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimizacion, segregacion de materiales en la fuente para su reaprovechamiento..."; Que, la Ley General de Residuos Solidos Ley Nº 27314, modificado por Decreto Legislativo Nº 1065 en su Articulo 11, numeral 12 dispone implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de los residuos solidos en todo el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada. Las Municipalidades distritales y provinciales en lo que concierne a los distritos del cercado, son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos municipales y de la limpieza de las vias publicas, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion. Los residuos solidos en su totalidad deberan ser conducidos directamente a infraestructura de residuos autorizados por la municipalidad provincial, estando obligados los municipios distritales al pago de los derechos correspondientes; Las municipalidades deben ejecutar programas para la formalizacion de las personas, operadores y demas entidades que intervienen en el manejo de los residuos solidos sin las autorizaciones correspondientes. Que, el Articulo 5, inciso 5.1, Ley que regula la actividad de los recicladores Ley Nº 29419 dispone que "Los programas y proyectos de gestion de residuos solidos implementados por los gobiernos locales deben incluir la actividad de los recicladores" y el Articulo 5, inciso 5.2, Ley que regula la actividad de los recicladores Ley Nº 29419. Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobo la Politica Nacional del Ambiente, determina en el Eje de Politica, 2: Gestion Integral de la Calidad Ambiental; Componente 4, Residuos Solidos, como un Lineamiento de Politica de Sector, el fortalecimiento de la gestion de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos solidos de ambito municipal priorizando su aprovechamiento; Estando en las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Articulo 20, de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en un 7% de las Viviendas Urbanas del Distrito de Ancon", que se viene implementado en el presente ano en los sectores de rutas y horarios los mismos que han sido disenado y puestos en operatividad en el MORDAZA del citado programa. Articulo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Proyeccion Social a traves de la Sub Gerencia de Limpieza Publica Parques y Jardines, efectue las acciones y coordinaciones necesarias para el fortalecimiento de las actividades de Segregacion en la Fuente coadyuvando con: 1. La minimizacion de los costos de operacion, en las etapas de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos. 2. Consolidar la inclusion de los recicladores, propiciando condiciones de trabajo dignas y seguras. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Administracion, efectuen la atencion oportuna y prioritaria de los requerimientos necesarios para la implementacion del programa. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion integramente del "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en un 7% de las Viviendas Urbanas del Distrito de Ancon", en el MORDAZA electronico de la Municipalidad, www.muniancon.gob.pe, para su conocimiento y difusion. Articulo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldia, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNUI MORDAZA 817259-1

FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 36-2012/MDA Mediante Oficio Nº 141-2012-SGII/MDA, la Municipalidad Distrital de Ancon solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 36-2012/MDA, publicado en nuestra edicion del dia 15 de MORDAZA de 2012. DICE: Articulo Primero.- OTORGAR al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bernui, Licencia por Descanso Fisico Vacacional correspondiente al ejercicio 2011, el mismo que se efectuara a partir del 02 al 31 de MORDAZA del 2012. DEBE DECIR: (...) Articulo Primero.- OTORGAR al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bernui, la Autorizacion por Descanso Fisico Vacacional correspondiente al ejercicio 2011, el mismo que se efectuara a partir del 02 al 31 de MORDAZA del 2012. 817262-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban el Programa Municipal de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos domiciliarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009 Ate, 8 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE VISTO; el Informe Nº 201-2012-MDA/GSAC/SGLPO de la Sub-Gerencia de Limpieza Publica y Ornato, el Informe Nº 0139-2012-MDA/GP de la Gerencia de Planificacion, Proveido Nº 972-2012/MDA/GM, de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 22) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, lo que desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligacion de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la MORDAZA humana exista en un entorno ambientalmente MORDAZA y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armonica; Que, mediante Informe Nº 201-2012-MDA/GSACSGLPO de la Sub Gerencia de Limpieza Publica y Ornato, remite el documento denominado Programa Municipal de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en el Distrito de Ate, sustentado en la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos y dentro del cumplimiento de las Metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2012; Que, mediante Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, establece en su articulo 80º numeral 3.1) que es funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo en su numeral 3.2) regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos; Que, mediante Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, establece en su articulo 3º que la gestion de los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.