Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2012 (22/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2012

Z.R. Nº II /OC-CIII de fecha 16 de noviembre del 2011, otorgado por la Oficina Registral de Chiclayo, concluyendo que los mencionados terrenos no estan inscritos en el Registro de Predios, y no constituyen propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas, por lo que son de dominio del Estado conforme lo establece el articulo 23 de la Ley Nº 29151, al senalar textualmente " que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no son de propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado", cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional al Gobierno Regional MORDAZA corresponde en consecuencia tramitar la primera inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002-SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002-SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004-SBN, que regulan el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Estando al Informe Nº 034-2012-GR.LAMB/ORADDIATPF, con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion, el Art. 62º de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 4292006-EF/10 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005GR.LAMB/GGR y Resolucion Presidencial Nº 255-2008GR.LAMB/PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008 y Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR de fecha 29 de MORDAZA del 2011, que aprueba la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - R.O.F. del Gobierno Regional Lambayeque; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno ERIAZO ubicado en el distrito de la MORDAZA, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, denominado "LAS LOMAS" con un area de 15.6296 Has, segun el plano de ubicacion-perimetrico en coordenadas UTM de fecha 25 de MORDAZA del 2012 y memoria descriptiva de fecha MORDAZA del 2012, que sustentan la presente Resolucion, teniendo las siguientes medidas perimetricas y colindancias que se detallan a continuacion: Por el Norte: Colinda con terreno eriazo del Estado en posesion de terceros, en linea quebrada de dos tramos, con una longitud total de 567.48 metros lineales Por el Este: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea recta, entre los vertices 3-4, con una longitud total de 238.90 metros lineales. Por el Sur: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea quebrada, de dos tramos entre los vertices 4,5 y 6 con una longitud de 529.07 metros lineales. Por el Oeste: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea recta, entre los vertices 6 y 1 con una longitud de 337.71 metros lineales. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede CHICLAYO de la Superintendencia `Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del terreno descrito en el articulo primero de la presente resolucion en el Registro de Predios de CHICLAYO. Registrese comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Regional Oficina Regional de Administracion 817755-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Modifican el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 35-2006CR/RMDD, sobre institucion del Registro Regional de Organismos No Gubernamentales de Desarrollo (ONGDs) y de Entidades e Instituciones de Cooperacion Tecnica Internacional constituidas en el extranjero (ENIEXs)
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2012-GRMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion ordinaria llevada a cabo el 17 de MORDAZA del 2012; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, emanan de la voluntad popular, y gozan de autonomia politica, economica y administrativa, y tienen por mision, organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region; Que, el Inciso a) del articulo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y su modificatoria, senala que "la Cooperacion Tecnica Internacional se canaliza a traves de organismos del Sector Publico en sus niveles Central, Regional y Local; asi como organizaciones del Sector Privado"; Que, el inciso e) del articulo 4 del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y su modificatoria, senala que los organos responsables de la Cooperacion Tecnica Internacional son, entre otros, los Gobiernos Regionales, en cuanto identifican, programan, ejecutan, supervisan y evaluan, la cooperacion tecnica de caracter sectorial o multisectorial, de impacto regional y sub-regional, en el MORDAZA de la politica regional de desarrollo; Que, el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y su modificatoria, senala que las Organizaciones no gubernamentales que se encuentran registradas oficialmente y que ejecuten proyectos en areas priorizadas en los planes de desarrollo son unidades ejecutoras, responsables de identificar acciones y/o proyectos con apoyo de la Cooperacion Tecnica Internacional, con conocimiento del Gobierno Central o Regional, segun corresponda; Que, el articulo 54º del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y sus modificatorias, senala: "en los niveles nacional, regional y local, con la finalidad de coordinar la compatibilidad con las prioridades de los planes de desarrollo y las formas de programacion y otras etapas, de programas, proyectos y/o actividades que involucran Cooperacion Tecnica Internacional, las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo concertaran acciones con los respectivos organos responsables de la Cooperacion Tecnica Internacional";

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