Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

Articulo 6º.- La compania SOTENZA S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/ o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y explotadores; y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania SOTENZA S.A.C. podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La compania SOTENZA S.A.C., debera cumplir con la obligacion de constituir la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece el Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania SOTENZA S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania SOTENZA S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 814655-1

VIVIENDA
Aprueban Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado - PDP Anualizado 2012 del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 139-2012/VIVIENDA MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1025, se aprobo las Normas de Capacitacion y Rendimiento para el Sector Publico, con la finalidad de establecer las reglas para la capacitacion y evaluacion del personal al servicio del Estado; correspondiendo a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, como organismo rector del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, la funcion de planificar, desarrollar, gestionar y evaluar la politica de capacitacion para el Sector Publico;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2010-PCM, dispone en su articulo 3 que la planificacion del desarrollo de las personas al servicio del Estado, se implementa a partir de la elaboracion y posterior MORDAZA que las entidades publicas hacen a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR de su Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado ­ PDP, que contiene los objetivos generales de desarrollo de las personas, vinculados con los instrumentos de gestion con que cuente la entidad, en particular el Plan Estrategico Institucional; y, describe las estrategias de implementacion del desarrollo de las personas, en correspondencia con los instrumentos de gestion respectivos, en particular, el Plan Operativo Institucional; Que, asimismo, el articulo citado en el considerando precedente, establece que el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado - PDP, tendra una vigencia de cinco anos, y que cada ano las entidades deberan presentar a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR su Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado ­ PDP Anualizado, detallando el planeamiento de la implementacion de acciones para el desarrollo de las personas de la entidad; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 041-2011-SERVIR/PE la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR aprobo la Directiva Nº 0012011-SERVIR/GDCR, para la elaboracion del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado, que regula los lineamientos generales para la elaboracion del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado Quinquenal y Anualizado, de alcance a las entidades de la administracion publica senaladas en el articulo III del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; Que, en los numerales VI y VII de la Directiva senalada en el considerando precedente, se dispone que en la elaboracion del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado - PDP participa un Comite; y que el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado Quinquenal y Anualizado, validados por el Comite, son aprobados por el Titular de la Entidad los que seran puestos en conocimiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 202-2011VIVIENDA, se aprobo el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - PDP Quinquenal 2012-2016; Que, con Informe Nº 008-2012-VIVIENDA/OGA, el Director General de la Oficina General de Administracion, remitio al Secretario General el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado ­ PDP Anualizado 2012 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para su tramite correspondiente; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado ­ PDP Anualizado 2012 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento De conformidad, con lo establecido en el numeral 8) del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado ­ PDP Anualizado 2012 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves de la Unidad de Personal implemente las actividades de capacitacion comprendidas en el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado ­ PDP Anualizado 2012 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento.

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