Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Articulo 10º.Administrativos Notificacion de

NORMAS LEGALES
los Actos

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

10.1 La notificacion de todos los actos administrativos emitidos por el MTPE se realizan de acuerdo a lo senalado en los articulos 20º y 21º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias, o MORDAZA que la sustituya. 10.2 Si no se realizo la notificacion de acuerdo a lo dispuesto en el presente articulo, las multas no podran ser derivadas a la Unidad de Control de Multas, para los tramites siguientes. 10.3 En caso que por causas imputables al obligado, resulte infructuosa la notificacion personal prevista en el articulo 21º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se entiende que la Administracion ha dado inicio a las acciones que le competen para la ejecucion de las multas. Articulo 11º.- Pago El pago de la deuda se efectua en la cuenta del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en el Sistema Bancario autorizado, el cual es comunicado al obligado. En caso que el monto a depositarse incluya centimos, se consigna la unidad inmediatamente superior si estos son mayores o iguales a cinco, eliminandose en caso que estos son menores a cinco. En el recibo se debe consignar el numero de RUC o DNI (Personas Naturales) y el numero o codigo que identifica la multa que es cancelada o pagada en cuenta. El incumplimiento del pago MORDAZA lugar a la aplicacion de intereses y la ejecucion de las medidas cautelares, segun el procedimiento previsto para la ejecucion coactiva, regulado en las normas de la materia. Si el pago total de la deuda se realiza dentro del plazo de 72 (setenta y dos) horas de notificada la resolucion que impone la multa, no se genera interes moratorio, de lo contrario, este se calculara a partir del vencimiento del plazo MORDAZA indicado. Articulo 12º.- Imputacion de Pago El pago se imputara a los gastos y costas procedimentales, de ser el caso, luego al interes moratorio o de fraccionamiento y por ultimo a la multa. Articulo 13º.- Intereses Es facultad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo determinar, via resolucion del Titular, la Tasa de Interes Moratorio (TIM-MTPE) por las sanciones pecuniarias administrativas que impone. La deuda no cancelada dentro del plazo indicado en el articulo 11º, devengara un interes equivalente a la Tasa de Interes Moratorio (TIM-MTPE). La aplicacion de los intereses moratorios se suspendera a partir del vencimiento del plazo MORDAZA para resolver la apelacion correspondiente por la Administracion, hasta la emision de la resolucion que resuelva el recurso de apelacion. Durante el periodo de suspension la deuda sera actualizada en funcion del indice de Precios al Consumidor. En caso que se modifique el monto de la multa, los intereses se contaran a partir del dia siguiente de vencido el plazo indicado en el articulo 11º. Articulo 14º.- Fraccionamiento El MTPE tiene la facultad de permitir al obligado acogerse a una modalidad de pago fraccionada, mediante la MORDAZA por Mesa de Partes de una solicitud dirigida a la Unidad de Control de Multas, segun formatos contenidos en los Anexos 1-B y 1-C, que debera tener como minimo los datos siguientes: 14.1 Nombre completo, razon o denominacion social del obligado; 14.2 Domicilio Fiscal, real y establecimientos anexos del obligado, numero de telefono y correo electronico; 14.3 Monto de la Multa con los intereses calculados, hasta la fecha de MORDAZA de la referida solicitud;

14.4 Identificacion de la multa a fraccionar, consignando el numero de Resolucion o Auto, adjuntando MORDAZA de los mismos; 14.5 Plazo de fraccionamiento solicitado; 14.6 Declaracion de compromiso a la MORDAZA de la garantia de acuerdo a lo previsto en el articulo 21º del presente Reglamento, de ser el caso; 14.7 Firma del obligado o del representante legal, en caso de ser persona juridica; 14.8 El medio por el cual solicita se notifiquen los actos administrativos que recaen en el procedimiento. La informacion presentada tiene el caracter de declaracion jurada. A la solicitud se acompanara la documentacion siguiente: 1. MORDAZA simple del documento de identificacion del obligado o de su representante legal, en caso de personas juridicas; 2. En caso de personas juridicas, MORDAZA simple de la vigencia de poder del representante legal, emitida por la SUNARP, con una antiguedad de 01 (Un) mes; 3. En caso que la deuda sea objeto de recurso de impugnacion que se encuentre en tramite en la via administrativa, demanda contencioso administrativa en la via Judicial y/o demanda de revision judicial del procedimiento de ejecucion coactiva, se adjuntara MORDAZA legalizada notarialmente o autenticada por fedatario del MTPE del escrito de desistimiento presentado ante quien corresponda o de la resolucion judicial de ser el caso; 4. La MORDAZA de pago por un monto equivalente al 10% de la deuda a fraccionar, actualizada al dia de la MORDAZA de la misma; 5. MORDAZA de pago correspondiente a gastos y costas procedimentales, adjuntando MORDAZA de la liquidacion respectiva, expedida por la Unidad de Cobranza Coactiva, conforme a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 004-2000-TR o MORDAZA vigente a la fecha de pago; 6. MORDAZA de pago de la tasa correspondiente, conforme al MORDAZA del MTPE; 7. Carta Fianza a favor del MTPE, en caso de presentar nuevamente su solicitud por una multa a la que se le MORDAZA declarado la perdida del beneficio, o en caso de solicitar plazos mayores a los establecidos en el articulo 17º del presente Reglamento. De carecer la solicitud de algun requisito formal, la Unidad de Control de Multas se comunica con el obligado mediante una esquela, indicando expresamente los defectos de la solicitud, otorgandole al obligado un plazo de 5 (cinco) dias para subsanarla, contados a partir del dia siguiente habil de notificada, caso contrario se tiene por no presentada la solicitud, emitiendo el proveido correspondiente que archiva el expediente. La solicitud sera evaluada por la Unidad de Control de Multas la que se pronuncia sobre el petitorio respecto del beneficio solicitado, en un plazo MORDAZA de 15 (quince) dias utiles, computados a partir del dia siguiente de presentada la solicitud, o de subsanada la documentacion en caso de haber sido observada. La Unidad de Control de Multas se encuentra facultada para requerir la informacion pertinente de las areas de donde se derivan los actos administrativos que contienen las sanciones de multa y de la Unidad de Cobranza Coactiva de ser el caso, que le sirva de sustento para otorgar o denegar el beneficio solicitado. Remision de antecedentes por parte de las dependencias que emiten actos administrativos que contengan sanciones economicas. Las dependencias deberan remitir la informacion solicitada a la Unidad de Control de Multas en un plazo no mayor de 3 (tres) dias habiles, contados a partir del dia siguiente habil de solicitado. Informacion sobre ejecucion de medidas cautelares y Liquidacion de Costas y Gastos Procedimentales La Unidad de Cobranza Coactiva informa a la Unidad de Control de Multas si se encuentra en tramite

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