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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2012 471534 por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refi ere el Informe Nº 248-2012-DGE-DCE, corresponde aprobar la Primera Modifi cación del Contrato de Concesión Nº 368-2011 en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 66, el artículo 67 y el segundo párrafo del artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Primera Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 368-2011, relativo a la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Solar Majes Solar 20T, en los aspectos referidos al numeral 1.3 de la Primera Cláusula, la Séptima Cláusula y el Anexo Nº 4 del Contrato, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la Primera Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 368-2011, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modifi cación del Contrato de Concesión Nº 368-2011, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y MInas 819364-1 Aprobar Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 371-2011, relativo a la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Solar Repartición Solar 20T RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 367-2012-MEM/DM Lima, 23 de julio de 2012 VISTOS: El Expediente Nº 16267510 sobre solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables presentada por GTS Repartición S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12450258 de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 243-2011- MEM/DM, publicada el 27 de mayo de 2011, se otorgó a favor de GTS Repartición S.A.C. la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Solar Repartición Solar 20T, con una potencia instalada de 20 MW, ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 371-2011; Que, mediante documentos de fechas con fecha 27 de marzo y 07 de junio de 2012, ingresados bajo los registros Nº 2177838 y Nº 2196247, respectivamente, GTS Repartición S.A.C. solicitó la modifi cación del referido Contrato de Concesión, con el objeto de prorrogar el plazo de ejecución de obras, de manera tal que la puesta en operación comercial de la Central Solar Repartición Solar 20T deberá producirse a más tardar el 31 de octubre de 2012; Que, para efectos de la solicitud que se menciona en el considerando que antecede, GTS Repartición S.A.C. argumentó la existencia de razones de fuerza mayor al amparo del literal b) del artículo 36 de la Ley de Concesiones Eléctricas, las mismas que no le permiten poner en servicio las obras en los plazos previstos en el Contrato de Concesión Nº 371-2011; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 228-2012- MEM/DM, de fecha 17 de mayo de 2012, se aprobó la Primera Modifi cación del Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional de la Central Solar Repartición Solar 20T, suscrito entre GTS Repartición S.A.C. y el Ministerio de Energía y Minas, respecto de modifi car el cronograma de ejecución de obras y postergar la puesta en operación comercial de la central por las mismas razones que se mencionan en el considerando que antecede, y que fueron califi cadas como fuerza mayor mediante Informe Legal Nº 019-2012-EM-DGE, por lo que procede la Primera Modifi cación del Contrato de Concesión Nº 371-2011; Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refi ere el Informe Nº 247-2012-DGE-DCE, corresponde aprobar la Primera Modifi cación del Contrato de Concesión Nº 371-2011 en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 66, el artículo 67 y el segundo párrafo del artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Primera Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 371-2011, relativo a la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Solar Repartición Solar 20T, en los aspectos referidos al numeral 1.3 de la Primera Cláusula, la Séptima Cláusula y el Anexo Nº 4 del Contrato, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la Primera Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 371-2011, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modifi cación del Contrato de Concesión Nº 371-2011, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será