Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Perdida del Beneficio: Se pierde el beneficio de Fraccionamiento con Aprobacion Automatica de Convenio, por la no cancelacion de dos cuotas sucesivas, o en caso no hayan sido canceladas (total o parcialmente) la MORDAZA y/o penultima cuota, en un plazo de 30 (treinta) dias calendario posteriores al vencimiento de la MORDAZA cuota programada, dando lugar al inicio de las medidas del procedimiento de cobranza coactiva por el saldo pendiente de pago, a merito de la resolucion de perdida respectiva. Consecuencia de la Perdida del Beneficio: El tratamiento sera igual al senalado en el articulo 20° del presente Reglamento en lo que respecta al calculo del saldo de la deuda, incisos a) y b). Respecto al recurso de Impugnacion, se aplicara lo dispuesto en el Articulo 23º del presente Reglamento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- El presente Reglamento es de aplicacion a las solicitudes de fraccionamiento que se inicien a la vigencia de la presente MORDAZA y a las solicitudes que se encuentren en tramite, siempre que las disposiciones contenidas en este Reglamento resulten mas beneficiosas al obligado. Segunda.- En caso de existir expedientes que a la fecha de emision del presente Reglamento adeuden hasta dos cuotas y saldos pendientes del cronograma de pagos, se aplicara lo dispuesto en el articulo 20º de la presente norma. Tercera.- Forman parte integrante del presente Reglamento los Anexos 1-A (Formato de aviso de notificacion), 1-B (Formato de solicitud de fraccionamiento) y 1-C (Formato de detalle de la deuda), los cuales seran publicados en la pagina web del MTPE www.trabajo.gob.pe DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS Unica.- Deroguense el Decreto Supremo Nº 002-2006TR, el Decreto Supremo Nº 046-89-TR, y todas aquellas normas que se opongan al presente Reglamento. 820519-2

Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 179-2012-TR MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Oficio Nº 406-212-MTPE/3/24.2 del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra"; el Oficio Nº 599-2012MTPE/4/9 del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 233-2012-MTPE/4/9.3 de la Jefa de la Oficina de Organizacion y Modernizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 23º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado promueve condiciones para el progreso social y economico, en especial mediante politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situacion critica, o implementar una politica publica especifica, en el ambito de competencia de la entidad a que pertenecen;

Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo es el ente rector en materia de trabajo y promocion del empleo, que ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio a nivel nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales, en las siguientes materias: socio laborales, derechos fundamentales en el ambito laboral, seguridad y salud en el trabajo, difusion de normatividad, informacion laboral e informacion del MORDAZA de trabajo, relaciones de trabajo, seguridad social, inspeccion del trabajo, promocion del empleo, intermediacion laboral, formacion profesional y capacitacion para el trabajo, normalizacion y certificacion de competencias laborales, autoempleo, reconversion laboral y migracion laboral; Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo N° 013-2011-TR se crea el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" en el ambito del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, que tiene por finalidad la insercion de los y las jovenes de 15 a 29 anos de edad, de escasos recursos economicos y/o en situacion de vulnerabilidad, de las familias mas pobres de la poblacion, rural y MORDAZA, a traves de su capacitacion y fomento en el acceso al MORDAZA de trabajo formal; y constituye una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-TR se modifica el articulo 5º del Decreto Supremo N° 0132011-TR, estableciendose que el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" cuenta con un Director Ejecutivo que es la mas alta autoridad ejecutiva, quien ejerce funciones ejecutivas, de administracion y representacion del Programa; ademas entre otras funciones, la de proponer al Viceministerio de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral el Manual de Operaciones del Programa; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM se aprueba los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones por parte de las entidades de la Administracion Publica", estableciendose en el articulo 4º que la definicion de las funciones y, de ser el caso, la estructura organica de los programas y proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones de acuerdo con lo previsto en la presente norma; asimismo, precisa en el articulo 36º, que los proyectos, programas y comisiones contaran con un manual de operaciones en el que se consignara por lo menos la organizacion, funciones y responsabilidades del Programa, los procesos principales tales como programacion y aprobacion de actividades, ejecucion de recursos, MORDAZA de coordinacion, desembolsos, procesos de supervision, seguimiento y evaluacion, entre otros; Que, mediante Oficio Nº 406-212-MTPE/3/24.2 el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" propone para su aprobacion el Manual de Operaciones del referido Programa, el mismo que cuenta con la opinion favorable de la Oficina de Organizacion y Modernizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, conforme a lo establecido en la normatividad vigente; Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario expedir la Resolucion Ministerial que apruebe el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra"; Con las visaciones del Vice Ministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra"; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 11º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el inciso d) del articulo 7º del Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo;

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