Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

471551

Modifican el Procedimiento para la Adecuacion del SCOP aprobado por , Res. Nº 069-2012-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 164-2012-OS/CD MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Memorando GFHL/DPD-1861-2012 de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ambito y materia de su respectiva competencia, entre otros, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a traves de resoluciones; Que, a traves del Decreto de Urgencia Nº 005-2012 se dictaron nuevas medidas en materia economica y financiera orientadas a dirigir los beneficios del Fondo para la Estabilizacion de Precios de Combustibles Derivados del Petroleo, entre ellas, el tratamiento diferenciado del GLP comercializado a granel, a traves del SCOP; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 069-2012-OS/CD, OSINERGMIN aprobo un MORDAZA procedimiento para adecuar el SCOP a las disposiciones vigentes del citado Fondo, y mediante Resolucion de Gerencia General Nº 221-2012-OS/GG aprobo los formatos de Declaracion Jurada que debian presentar las Plantas Envasadoras y los Distribuidores a Granel; Que, a traves de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 136-2012-OS/CD se modifico el Procedimiento para la Adecuacion del SCOP, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 069-2012-OS/CD, disponiendose que las Plantas Envasadoras y los Distribuidores a Granel unicamente debian presentar la Declaracion Jurada de sus inventarios iniciales, compras, ventas e inventarios finales de GLP a Granel y GLP Envasado, y que las Declaraciones Juradas de los meses de MORDAZA y MORDAZA de 2012 debian presentarse hasta el 25 de junio de 2012; Que, no obstante, con la finalidad de facilitar que las Plantas Envasadoras y los Distribuidores a Granel cumplan oportunamente con presentar la Declaracion Jurada de sus inventarios iniciales, compras, ventas e inventarios finales de GLP a Granel y GLP Envasado; se estima pertinente modificar los plazos previstos en el articulo 46º y la MORDAZA Disposicion Complementaria Final y Transitoria del Procedimiento para la Adecuacion del SCOP, aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 069-2012-OS/CD y modificatorias; Que, de otro lado la Resolucion Ministerial 139-2012MEM-DM, publicada el 18 de marzo de 2012, en su Articulo Unico prohibio el uso y comercializacion de Diesel B5 con un contenido de azufre mayor a 50 ppm en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao, en un plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario; Que, a fin de adecuar lo estipulado en el articulo 28º del Procedimiento para la Adecuacion del SCOP, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 069-2012-OS/CD, a la Resolucion Ministerial Nº 139-2012-MEM-DM; resulta pertinente la modificacion del citado articulo;

Que, conforme a lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se exceptuan de prepublicacion los reglamentos considerados de urgencia expresandose las razones que fundamentan dicha excepcion; Que, considerando que la presente MORDAZA tiene por objeto simplificar y facilitar el cumplimiento de la MORDAZA de la Declaracion Jurada de inventarios iniciales, compras, ventas e inventarios finales de GLP a Granel y GLP Envasado, a la que estan obligadas las Plantas Envasadoras y los Distribuidores a Granel; y, a su vez, adecuar el articulo 28º del citado Procedimiento, a lo establecido por la Resolucion Ministerial Nº 1392012-MEM-DM; resulta necesario exceptuar a la presente MORDAZA del requisito de pre-publicacion en el diario oficial El Peruano; De conformidad con lo establecido en el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, la Gerencia Legal y la Gerencia General. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 28º del Procedimiento para la Adecuacion del SCOP, aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 069-2012-OS/CD, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 28 º.- Generacion de Orden de Pedido por parte del Agente de Generacion Electrica en Sistemas Aislados (...)
Productos de Generacion Electrica en Sistemas Aislados DIESEL B5 GE DIESEL B5 S50 GE DIESEL B5 BA GE PETROLEO INDUSTRIAL Nº 6 GE

(...)" Articulo 2º.- Modificar el articulo 46º del Procedimiento para la Adecuacion del SCOP, aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 069-2012-OS/CD, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 46º.- Obligacion de los agentes de comercializacion de GLP a Granel y GLP para envasado Las Plantas Envasadoras y los Distribuidores a Granel deberan presentar a traves del SCOP una Declaracion Jurada que contenga sus inventarios iniciales, compras, ventas e inventarios finales de GLP a Granel y GLP Envasado, dentro de los diez (10) primeros dias habiles del mes siguiente del cierre de su facturacion mensual de acuerdo con los Formatos aprobados por el OSINERGMIN. El incumplimiento de lo dispuesto en el parrafo anterior, configurara infraccion administrativa sancionable de acuerdo a lo previsto en la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD y sus modificatorias". Articulo 3º.- Modificar la MORDAZA Disposicion Complementaria Final y Transitoria del Procedimiento para la Adecuacion del SCOP, aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 069-2012-OS/CD, de acuerdo al siguiente texto:

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