Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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literal a) numeral 3.3, del articulo 3º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; Que, el articulo 231º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, contempla como una sancion de las infracciones administrativas la multa; Que, la Ley Nº 28808, Ley General de Inspeccion del Trabajo, establece el regimen de infracciones y sanciones en materia de relaciones laborales, seguridad y salud en el trabajo y seguridad social; asi mismo, en el caso de la Conciliacion Administrativa, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en virtud del numeral 30.2 del articulo 30º del Decreto Legislativo Nº 910, contempla como sancion la multa; Que, en tal sentido, es indispensable emitir la MORDAZA que regule la aplicacion de las multas por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, como ente sancionador; De conformidad con lo regulado en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el inciso 3 del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y, el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo Apruebese el Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el cual consta de dos (2) Capitulos, treinta y un (31) articulos, cinco (5) Disposiciones Complementarias Finales, una (1) Disposicion Complementaria Derogatoria y tres (3) Anexos. Articulo 2º.- Vigencia La presente MORDAZA entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo REGLAMENTO DE MULTAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Articulo 1º.- Multa Es la sancion administrativa de caracter pecuniario impuesta al deudor por el incumplimiento de disposiciones legales. Articulo 2º.- Caracteristica de la Multa La multa es exigible coactivamente y de caracter personal, no siendo transmisible a herederos de ser el deudor personal natural. Articulo 3º.- Deudor de la Multa El deudor de la multa, es la persona obligada al cumplimiento de la prestacion, pudiendo tener la calidad de persona natural o juridica, sucesion indivisa, asociaciones de hecho de profesionales o similares, sociedades conyugales, cooperativas, incluidas las agrarias de produccion, las asociaciones, comunidades laborales, las fundaciones, las empresas unipersonales, las sociedades y las entidades de cualquier naturaleza y las sociedades irregulares previstas en el articulo 423º de la Ley General de Sociedades, la comunidad de bienes y consorcios.

Articulo 4º.- Acreedor de la Multa Es acreedor de la multa el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en adelante MTPE. Articulo 5º.- Domicilio En todos los procedimientos administrativos sancionadores, y hasta la etapa de ejecucion coactiva, se considera como domicilio del deudor, el lugar fijado ante la Autoridad Administrativa de Trabajo o constatado por la misma; debiendo ubicarse dentro de ambito territorial de su competencia. El obligado debe consignar su domicilio en los tramites que realice ante el MTPE, y se considera subsistente mientras su cambio no sea comunicado. En aquellos casos en los que se ha dado inicio al procedimiento de cobranza coactiva, el administrado tendra la obligacion de comunicar su cambio de domicilio en un plazo MORDAZA de dos (2) dias habiles. Articulo 6º.- Componentes de la Deuda La deuda administrativa esta compuesta por la multa, los intereses moratorios y de fraccionamiento, los gastos y las costas procesales generadas en el procedimiento de cobranza coactiva, de ser el caso, previstos en la Resolucion Ministerial Nº 050-2000-TR, y la Resolucion Ministerial Nº 004-2000-TR, normas modificatorias o que las sustituya o reemplace. Articulo 7º.- Origen de la Multa EL MTPE impone multa por las causales siguientes: 1. Incumplimiento de disposiciones legales. 2. MORDAZA extemporanea, MORDAZA incompleta o que contenga datos falsos. 3. Incumplimiento de otras medidas dispuestas por el MTPE. Articulo 8º.- Tramite de la Multa Las resoluciones consentidas o que han causado estado, son remitidas a la Unidad de Control de Multas, conjuntamente con el proveido que contiene los estados MORDAZA mencionados, en un plazo MORDAZA de tres (3) dias habiles de notificado dicho acto administrativo, acompanando 2 (dos) copias fotostaticas de los actuados. La remision de dichos documentos se realizara aun cuando se MORDAZA solicitado o concedido el beneficio de fraccionamiento. La Unidad de Control de Multas y la Unidad de Cobranza Coactiva tendran acceso a los sistemas informaticos de las bases de datos de las resoluciones emitidas por las dependencias que imponen las multas. Las copias fotostaticas recibidas por la Unidad de Control de Multas, son derivadas a la Unidad de Cobranza Coactiva con el Valor de Cobranza generado, en un plazo MORDAZA de 5 (cinco) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de recibida. Una MORDAZA sera parte del expediente coactivo, y la otra se notificara conjuntamente con la Resolucion de Ejecucion Coactiva con la que se inicia el procedimiento de ejecucion coactiva y las acciones que competen para la ejecucion. Articulo 9º.- Contenido del Acto Administrativo La resolucion que impone la multa contendra la siguiente informacion: 9.1 Numero que identifica la multa; 9.2 Apellidos y nombres del titular, en caso de ser el deudor persona natural, o la razon social del obligado al pago, en caso de ser persona juridica; 9.3 Domicilio fiscal, real y establecimientos anexos del obligado, telefono, telefax y correo electronico, segun corresponda. 9.4 Numero del RUC del obligado; 9.5 Numero del DNI del obligado; 9.6 Determinacion de la infraccion y la base legal que fundamenta la sancion impuesta; 9.7 Codigo de la multa; 9.8 Monto de la multa; y, 9.9 Mencion al plazo de pago o impugnacion fundamentada, y el apercibimiento de iniciarse el procedimiento coactivo correspondiente;

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