Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2012 (16/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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Mariscal Nieto" se asumen por consenso, por ser un organo consultivo y de coordinacion en materia de transporte, no tiene caracter vinculante para la administracion Municipal y constaran en un Libro de Actas. Articulo 6º.- La Secretaria de Actas de la "Comision Consultiva de Transporte y MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto", es el organo de apoyo responsable de la Administracion del Acervo Documentario, esta a cargo del Subgerente de Transportes y Seguridad Vial o quien haga sus veces, siendo responsable de las citaciones y documentacion propias de la funcion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El Presidente de la "Comision Consultiva de Transporte y MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto" debera convocar a las Instituciones a que se refiere el Articulo 2º de la presente Ordenanza, para que acrediten a sus Representantes. Segunda.- La "Comision Consultiva de Transporte y MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Mariscal

Nieto" se instalara dentro del plazo de treinta (30) dias de publicada la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deroguense las Disposiciones Municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial del Distrito Judicial de MORDAZA y en la Pagina Web de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA R. COAYLA MORDAZA MORDAZA 802048-1

PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Proyectos de Decreto Supremo y Resolucion Ministerial que modifican la normativa de telecomunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 309-2012-MTC/03 MORDAZA, 13 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 75 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fija la politica de telecomunicaciones a seguir y controla sus resultados; Que, los articulos 57 y 58 del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establecen que el espectro radioelectrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nacion, cuya administracion, asignacion y control corresponden al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones mediante Informe Nº 048-2012-MTC/26 del 10 de febrero de 2012, recomienda la publicacion de un proyecto de Decreto Supremo y un proyecto de Resolucion Ministerial, que buscan modificar determinadas normas referentes a la asignacion de frecuencias y ordenamiento de bandas (tal como se detalla en el Anexo de la presente resolucion), con la finalidad de que MORDAZA concordantes y consistentes con las consideraciones tecnicas previstas para la operacion de los equipos en las bandas 915928 MHz con una PIRE de hasta 1W y 916-928 MHz con una PIRE de hasta 4W, con caracteristicas no Licenciadas; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, senala en su articulo 14 que las entidades publicas deben disponer la publicacion de los proyectos de MORDAZA de caracter general que MORDAZA de su competencia, en el Diario Oficial "El Peruano", en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) dias calendario, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el numeral 5.1 de la Directiva Nº 001-2011MTC/01, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 543-2011-MTC/01, establece que todo proyecto de MORDAZA legal de caracter general debe ser publicado el Diario Oficial "El Peruano", en la pagina Web del MTC o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia. Asimismo, el numeral 5.2 de la directiva mencionada, establece que la finalidad de la publicacion de los proyectos normativos es permitir a las personas interesadas y de los ciudadanos en general presentar aportes y/o comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el articulo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansion de los Servicios Publicos de telecomunicaciones en el Peru, incorporado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicara para comentarios por un plazo minimo de quince (15) dias calendario, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, las propuestas conjuntamente con su exposicion de motivos para el desarrollo del sector, de los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes; Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicacion del referido proyecto de MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadania en general; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y la Resolucion Ministerial Nº 543-2011-MTC/01 y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion de los proyectos de Decreto Supremo y Resolucion Ministerial que modifican la normativa de telecomunicaciones tal como se detalla en el Anexo de la presente resolucion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadania en general, dentro del plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, la recepcion, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten a los citados proyectos normativos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO a) El proyecto de Decreto Supremo modifica: - Los articulos 28 y 245 del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC.

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