Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2012 (16/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de junio de 2012

Designan Juez Supernumerario del Primer Juzgado Mixto de El MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 414-2012-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 15 de junio del 2012 VISTOS; la comunicacion que antecede; y, CONSIDERANDOS: Que, mediante el informe que se da cuenta en la fecha, se hace de conocimiento de esta Presidencia el deceso de la senora MORDAZA de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado Mixto de El Agustino. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente con el fin de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Primer Juzgado Mixto de El MORDAZA, designar al Magistrado que reemplazara a la doctora MORDAZA Guillen. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Mixto de El MORDAZA, a partir del 15 de junio del presente ano y mientras dure la licencia por motivo de duelo de la doctora MORDAZA Guillen. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 802243-1

"UNIVERSIDAD CIENCIAS DE LA SALUD" VISTOS: La Resolucion Nº 282-2010-CONAFU de fecha 31 de MORDAZA de 2010 y su Fe de Erratas, el Oficio Nº 0055-UPCS-2010 recibido con fecha 21 de octubre de 2010, la Resolucion Nº 127-2011-CONAFU de fecha 07 de marzo de 2011, Resolucion Nº 489-2011-CONAFU de fecha 06 de octubre de 2011, el Oficio N° 0013-2912UCS recibido con fecha 02 de marzo de 2012, la Carta s/n recibido con fecha 01 de marzo de 2012, el Oficio Nº 016-2012-GG-PLMGH recibido con fecha 09 de marzo de 2012, el Oficio Nº 734-2012-CONAFU-P de fecha 27 de marzo de 2012, el Oficio Nº 027-P-CO-UPCS recibido con fecha 16 de MORDAZA de 2012, el Oficio Nº 456-2012CONAFU-CDAA recibido con fecha 26 de MORDAZA de 2012, el Acuerdo Nº 278-2012-CONAFU de la sesion ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 04 de MORDAZA de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, Titulo Primero, articulo 3º: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...f) Reconocer a las Comisiones Organizadoras de la Universidades Publicas y Privadas a propuesta de los promotores..."; asimismo, en concordancia con el articulo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: (...) o) Reconocer a las Comisiones Organizadoras propuestas por los promotores, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos establecidos la ley y demas normas..."; Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 100-2005CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en el articulo 19º establece que: "En las universidades en el regimen de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, la Comision Organizadora estara conformada por tres miembros: a) un Presidente, b) Un Vicepresidente Academico y c) El Gerente General o Director Ejecutivo de la Universidad segun corresponda, que asume las funciones y responsabilidades administrativas y financieras; Que, conforme el Reglamento, en el articulo 20º establece que: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria; y el articulo 19º de este Reglamento. El Gerente General o Director Ejecutivo segun corresponda, debera tener titulo profesional y aprobada experiencia en la administracion de una institucion educativa o empresas de reconocido prestigio"; Que, conforme el Reglamento, en el articulo 21º establece que: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, en el articulo 22º del Reglamento, establece: La Comision Organizadora, dirige la universidad durante los cuatro primeros anos (...). El cargo de miembro de Comision Organizadora vaca por: a) Renuncia. b) Impedimento sobreviviente, que haga imposible el ejercicio del cargo, sea por muerte incapacidad fisica, ausencia o abandono del cargo, debidamente probada. (....); (El sombreado y subrayado es nuestro); Que, mediante Resolucion Nº 282-2010-CONAFU de fecha 31 de MORDAZA de 2010 y su Fe de Erratas, se resolvio: Reconocer a los integrantes de la Comision Organizadora de la Universidad Ciencias de la Salud, quedando la referida Comision integrada de la siguiente manera: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivero y MORDAZA MORDAZA Fuse y MORDAZA MORDAZA, en

ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Designan integrantes de la Comision Organizadora de la Universidad Ciencias de la Salud
RESOLUCION Nº 232-2012-CONAFU MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2012

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