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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (16/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de junio de 2012 468527 VISTOS: La carta N° 00260-2012-SG-RUIGV, de fecha 06 de marzo de 2012, la Resolución de Consejo Universitario N° 0151-2012-CU-UIGV, de fecha 22 de febrero de 2012, la Resolución Nº 548-2009-ANR, de fecha 23 de abril de 2009; el Informe Nº 132-2012-DGDAC, de fecha 18 de abril de 2012, el Memorando Nº 409-2012-SE, y; CONSIDERANDO: Que, por carta de vistos, el Secretario General de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega eleva al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores la Resolución N° 0151-2012-CU-UIGV, de fecha 22 de febrero de 2012, que ratifi ca la Resolución N° 0123-2012-DEPG, por la cual se apruebe el Nuevo Plan de Estudio del Programa de Segunda Especialización en Rehabilitación Oral, el mismo que entrará en vigencia a partir del Ciclo Académico 2012-2; Que, por Resolución N° 548-2009-ANR de vistos, precisa que el Programa de Segunda Especialización en Rehabilitación Oral, cumple con lo previsto en el inciso e) del artículo 92 de la Ley Universitaria N° 23733; Que, por informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación informa que el Nuevo Plan de Estudio de la Segunda Especialización en Rehabilitación Oral, se desarrollará en seis ciclos académicos y cuenta con ciento siete créditos, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 23° y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria N° 23733; en tal virtud, opina que apruebe y se emita la resolución correspondiente; Que, con memorando N° 409-2012-SE, de fecha 23 de abril del 2012, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone elaborar la resolución que declare aprobado el nuevo Plan de Estudio del Programa de Segunda Especialización en Rehabilitación Oral en la Universidad Inca Garcilaso de la Vega; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar aprobado el Nuevo Plan de Estudios del Programa de Segunda Especialización en Rehabilitación Oral, el cual entrará en vigencia a partir del Ciclo Académico 2012-2, en la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Artículo 2º.- Establecer que los Programas de Complementación Curricular se diseñaran y ejecutarán en base a los Programas de Adecuación aprobados por la presente resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano; y transcribir a las áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos, y de Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 801577-1 Declaran aprobado cambio de denominación de la Carrera de Ingeniería Civil y Desarrollo Inmobiliario por la de carrera de “Ingeniería Civil” de la Universidad San Ignacio de Loyola COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSIATRIA RESOLUCIÓN N° 0639-2012-ANR Lima, 6 de junio de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La carta s/n, del apoderado de la Universidad San Ignacio de Loyola, de fecha 23 de febrero de 2012; la Resolución de Rectorado N° 001-2012/G, de fecha 27 de enero de 2012; la Resolución Nº 0455-2010-ANR, de fecha 12 de mayo de 2010; el Informe Nº 135-2012- DGDAC, de fecha 19 de abril de 2012, el Memorando Nº 0419-2012-SE, de fecha 24 de abril de 2012; y; CONSIDERANDO: Que, por carta de vistos, el apoderado de la Universidad San Ignacio de Loyola remite al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, la Resolución de Rectorado N° 001-2012/G, de fecha 27 de enero de 2012, por la cual aprueba el cambio de denominación de la carrera de “Ingeniería Civil y Desarrollo Inmobiliario” por la de carrera de “Ingeniería Civil”, el cual se hará efectivo a partir del semestre académico 2012-I, continuando adscrita a la Facultad de Ingeniería y Arquitectura; Que, la carrera de Ingeniería Civil y Desarrollo Inmobiliario forma parte de la estructura académica de la Universidad San Ignacio de Loyola y ha sido aprobada por la Asamblea Nacional de Rectores mediante Resolución N° 455-2010-ANR, de fecha 12 de mayo de 2010; Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación informa que habiendo revisado el expediente de cambio de denominación, presentado por la Universidad San Ignacio de Loyola, se encuentra justifi cado y el plan curricular de la Carrera de Ingeniería Civil, satisface los requisitos establecidos en el artículo 23° y el inciso e) del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733; Que, con memorando N° 0419-2012-SE, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone elaborar una resolución que declare aprobado el cambio de denominación de la Carrera de Ingeniería Civil y Desarrollo Inmobiliario por la de carrera de Ingeniería Civil en la Universidad San Ignacio de Loyola; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar aprobado el cambio de denominación de la Carrera de Ingeniería Civil y Desarrollo Inmobiliario por la de carrera de “Ingeniería Civil”, el cual se hará efectivo a partir del semestre académico 2012- I, continuando adscrita a la Facultad de Ingeniería y Arquitectura de la Universidad San Ignacio de Loyola. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano; y transcribir a las áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos, y de Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 801577-2 BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan misión en el exterior de funcionario para participar en evento a llevarse a cabo en Inglaterra RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0036-2012-BCRP Lima, 1 de junio de 2012