Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2012 (22/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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servicios de los ecosistemas forestales son Patrimonio Forestal de la Nacion y que los beneficios provenientes de su aprovechamiento economico les corresponden a los tenedores de los titulos habilitantes que el Estado otorga para el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales. Dicho aprovechamiento estaria sujeto a una retribucion economica a favor del Estado que esta considerada dentro del pago por derecho de aprovechamiento forestal. Que, el Proyecto de Ley Nº 3213 para aprobar la Ley de Provision de Servicios Ambientales fue presentado por el gobierno en MORDAZA de 2009 y el Dictamen Sustitutorio aprobado por la Comision de Pueblos Andinos, Amazonicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecologia del Congreso de MORDAZA de 2009. Este proyecto busca regular la provision y el aprovechamiento de los servicios ambientales, y definirlos como aquellos que resultan de las funciones y/o procesos ecologicos de los ecosistemas, recursos naturales u otros, que generan beneficios economicos, sociales y ambientales para la sociedad; Que, en el MORDAZA del Consejo Interregional Amazonico (CIAM), se busca contribuir a la generacion de una propuesta de desarrollo de la realidad Amazonica y una cabal evaluacion de sus potencialidades y limitaciones, para este proposito se busca dar valor al bosque y en general a los ecosistemas naturales, considerando los usos mas tradicionales, el manejo forestal en bosques de produccion y bosques comunitarios, el turismo y la gestion de areas protegidas, los bionegocios modernos y el pago por servicios de los ecosistemas, incluyendo los mecanismos REDD (en particular REDD+). Estas formas de aprovechamiento unidas a la extraccion de los recursos no renovables deben tomar como base los territorios y la creacion de valor compartido con sus habitantes. Que, la finalidad de la presente Ordenanza consiste en conformar la mesa REDD (Reduccion de Emisiones por Deforestacion y Degradacion de bosques), para dar formalidad a su existencia y efectos legales a sus actos para favorecer la Politica Ambiental Regional. Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, el articulo 9º y 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesion Ordinaria de fecha 16 de MORDAZA del 2012, con el MORDAZA unanime de sus Consejeros Regionales aprobo la siguiente Ordenanza Regional; ORDENA: Articulo Primero.- CONFORMAR la mesa REDD (Reduccion de Emisiones por Deforestacion y Degradacion de bosques), en la Region Ucayali, la misma que estara conformada de la siguiente manera: - PRESIDENTE: Presidente del Gobierno Regional de Ucayali o su representante el Gerente de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ucayali. - Miembros: - Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana ­ IIAP - Asociacion para Investigacion y Desarrollo ­ AIDER - Universidad Nacional de Ucayali - UNU - Instituto Veterinario de Investigaciones Tropicales y de Altura ­ IVITA - Centro Mundial de Agroforesteria - ICRAF - Asociacion de Profesionales Forestales de la Region Ucayali ­ APROFORU - El Colegio de Ingenieros del Peru-Zonal UcayaliCapitulo de los Ingenieros Forestales. Articulo Segundo.- RECONOCER a la mesa REDD (Reduccion de Emisiones por Deforestacion y Degradacion de bosques) en la region Ucayali, como un espacio de interlocucion entre las diferentes organizaciones publicas y privadas de la region Ucayali interesadas en temas REDD, la misma que esta basada en la libre participacion, transparencia, buena fe y compromiso de sus integrantes. Articulo Tercero.- ESTABLECER las funciones de la misma mediante los mecanismos tecnicos mas idoneos para consolidar acciones como: el fortalecimiento de las capacidades de los tomadores de decisiones; la revision

de los documentos de planificacion y desarrollo regional, para ver como REDD+ responde a sus lineamientos; la elaboracion, socializacion e implementacion de la estrategia regional ambiental de REDD+; y la articulacion con otras mesas REDD (regionales, indigenas y nacional), el Consejo Interregional de la Amazonia (CIAM), entre otros. Articulo Cuarto.- ENMARCAR en las lineas de accion que sostiene el Gobierno Regional de Ucayali, asi como otras instituciones, ONGs, etc. Donde se busca fomentar la participacion de la sociedad civil en la toma de decisiones vinculadas a la gestion de los recursos naturales y el ambiente. Siendo necesario y vinculante que, previamente, las organizaciones civiles y los ciudadanos cuenten con informacion oportuna, completa y adecuada. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ucayali la publicacion de la presente ordenanza regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (http://www. regionucayali.gob.pe) Articulo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. ORISON MORDAZA LEVEAU BARTRA Consejero Delegado Consejo Regional POR LO TANTO Mando se publique y cumpla. Dado en Ucayali, en la Sede del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

803987-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Autorizan realizacion de matrimonios civiles masivos
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2012-MDC
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; El Expediente Nº 5555-2012; la Ordenanza Nº 329-MDC, de fecha 15.03.2011; el Decreto de Alcaldia Nº 001-2012-MDC, de fecha 09.01.2012; el Informe Nº 0782012-SGEC-SG/MDC de fecha 03.04.2012 emitido por la Sub Gerencia de Estado Civil; la carta S/N de la Mision Peru MORDAZA Norte de la Iglesia de Jesucristo de los MORDAZA de los Ultimos Dias, de fecha 28.05.2012; el Informe Nº 119-2012-SGEC-SG/MDC de fecha 04.06.2012 emitido por la Sub Gerencia de Estado Civil; el Informe Nº 424-2012GAJ-MDC de fecha 20.06.2012 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

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