Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2012 (22/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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Modifican la Ordenanza N° 092-2012CR-GRH
ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2012-CR/GRH MODIFICACION DE: LA ORDENANZA Nº 092-2010CR-GRH SOBRE LA CREACION DEL COMITE DIRECTIVO REGIONAL PARA LA PREVENCION Y REDUCCION PROGRESIVA DEL TRABAJO INFANTIL EN LA REGION MORDAZA
Huanuco. 07 De MORDAZA Del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUANUCO. VISTO: En Sesion Ordinaria de Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA de fecha treinta de MORDAZA del ano dos mil doce; el Dictamen Nº 006-2012-GRH-CP/CPPPATAL, presentado por la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la Modificacion de la Ordenanza Nº 092-2010-CR-GRH a la Creacion del Comite Directivo Regional para la Prevencion y Reduccion Progresiva del Trabajo Infantil en la Region MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General en el articulo II del Titulo Preliminar, establece que las autoridades administrativas al reglamentar los procedimientos especiales, cumpliran con seguir los principios administrativos, establecidos en dicha norma. Que, de conformidad al articulo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el organo normativo fiscalizador del Gobierno Regional; articulo 15º literal a) de la MORDAZA senalada, es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, articulo 37º literal a) indica que el consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional. Que, la Ordenanza Regional Nº 092-2012-CR/GRH de fecha 03 de junio de 2010 crea el Comite Directivo Regional para la Prevencion y Reduccion Progresiva de Trabajo Infantil en la Region Huanuco. Que, de acuerdo a la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 504-2011-GRH/PR, de fecha 29 de MORDAZA de 2011, en su articulo 1º se ha conformado las comisiones especializadas del Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI). Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica del Gobierno Regional y sus modificatorias Ley Nº 27902. Estando lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15º, 37º y 38º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y lo acordado por UNANIMIDAD en Sesion de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ORDENA: Articulo Unico.- MODIFICATORIA Modifiquese los articulos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, y 6º de la Ordenanza Regional Nº 092-2012-CR/GRH, de fecha 03 de junio de 2012, de la siguiente manera: Articulo Primero .- OBJETO. CREAR, el Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI), de la Region MORDAZA, cuyo objetivo central es la realizacion de acciones de coordinacion, evaluacion y seguimiento a los esfuerzos a favor de la Prevencion y Erradicacion Progresiva del Trabajo Infantil; asi como, proponer politicas en materia de trabajo infantil.

Articulo Segundo.- APROBAR los integrantes del Comite Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI), de la Region MORDAZA, esta integrado por los miembros integrantes e invitados. MIEMBROS: 1. El Presidente Regional o su representante quien lo presidira. 2. Un Representante de la Gerencia de Desarrollo Social. 3. Un Representante de la Gerencia de Desarrollo Economico. 4. Un Representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo quien actuara como secretaria Tecnica del Comite Directivo Regional. 5. Un Representante de la Direccion Regional de Educacion. 6. Un Representante de la Direccion Regional de Salud. 7. Un Representante de la Direccion Regional de Agricultura. 8. Un Representante de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento. 9. Un Representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones. 10. Un Representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo. 11. Un Representante de las Municipalidades Provinciales de la Region. 12. Un Representante del Ministerio Publico. 13. Un Representante del Poder Judicial. 14. Un Representante de la Policia nacional del Peru. 15. Un Representante del INABIF ­ Coordinadora Educadores de la Calle. 16. Un Representante del Centro de Emergencias Mujer. 17. Un Representante de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan de Huanuco. 18. Un Representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica de Huanuco. INVITADOS: 19. Un Representante de la Defensoria del Pueblo de MORDAZA (Miembro Supernumerario). 20. Un Representante de la Asociacion Juridica Pro Dignidad Humana Institucion Defensora de Derechos Humanos de MORDAZA (AJUPRODH). 21. Un Representante de la Mesa de Concertacion, para la Lucha contra la Pobreza. 22. Un Representante de la Camara de Comercio e Industrias de Huanuco. 23. Un Representante de las Organizaciones Sindicales mas representativas del Departamento. 24. Un Representante de la Coordinacion Grupo Iniciativa Infancia y Adolescencia. 25. Un Representante de la Beneficencia Publica de Huanuco. 26. Un Representante de la Telefonica del Peru ­ PRONINO. 27. Un Representante de ONGs que acrediten experiencia en la materia. Articulo Tercero.- De las Funciones: Son funciones del Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI) de la Region Huanuco. 1. Elaborar el Plan Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil.. 2. Velar por el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en el convenio internacional ratificado por el Estado Peruano. 3. Orientar las acciones para la eliminacion del Trabajo Infantil por debajo de la edad minima de 14 (catorce) anos de la Region Huanuco. 4. Vigilar por el cumplimiento de la normatividad socio laboral a fin de que se garantice sus derechos de los que trabajan entre 14 a 18 anos de edad. 5. Velar por el cumplimiento del Plan Regional de Accion por la Infancia y Adolescencia relacionado a la Erradicacion de Trabajo Infantil. Articulo Cuarto.- De la Secretaria Tecnica: La Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA, actuara como Secretaria Tecnica del mencionado Comite y contara con el apoyo tecnico de

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