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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de junio de 2012 468826 expertos del programa internacional de la Erradicación del Trabajo Infantil de la O.I.T y del Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo para cuyos efectos se establecerán las coordinaciones necesarias. Artículo Quinto.- De la Implementación: OTORGAR, que en un plazo de treinta (30) días calendarios a partir de la publicación de la presente Ordenanza, se constituirá el Comité Directivo Regional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (CDRPETI) Huánuco, para lo cual las instituciones que lo integran designarán y acreditarán a sus representantes; ante la Secretaría Técnica del Comité Directivo Regional proponiendo un titular y un alterno. Artículo Sexto.- Una vez instalado el Comité Directivo Regional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (CDRPETI) Huánuco, será encargado de elaborar su Reglamento Interno y otros documentos que considere necesario; así como formar comisiones especializadas para abordar los temas objeto de la presente. Artículo Séptimo.- Quedando subsistentes los artículos séptimo y octavo de la Ordenanza Regional Nº 092-2012-CR/GRH de fecha 03 de junio de 2010 en todos sus extremos. Artículo Octavo.- PUBLICAR DIFUNDIR, La presente Ordenanza Regional en el diario ofi cial “El Peruano” y en el portal del Gobierno Regional Huánuco en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Noveno.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario “El Peruano”. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Huánuco para su promulgación. En la Provincia de Huánuco a los treinta días del mes de abril del dos mil doce. CÉSAR W. SOTO ALVARADO Consejero Delegado Gobierno Regional Huánuco Por tanto: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco, en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 07 días del mes de MAYO del dos mil doce. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente Gobierno Regional Huánuco 803931-1 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad de Gestión Educativa Local UGEL Leoncio Prado ORDENANZA REGIONAL Nº 026-2012-CR-GRH. Huánuco, 10 mayo del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de fecha cuatro de mayo del dos mil doce, el Dictamen Nº 007- 2012-CPPPATAL/CR-GRH, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL Unidad Ejecutora 302 de Leoncio Prado, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de Gestión del Estado señala que el proceso de modernización de la gestión del estado, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, alcanzando un estado con servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados; Que, la Ley General de Educación Nº 28044, en su artículo 73º, defi ne a la Unidad de Gestión Educativa Local como: La Unidad de Gestión Educativa Local es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional con autonomía en el ámbito de su competencia. Su jurisdicción territorial es la provincia de Leoncio Prado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2008-PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo su artículo 2º que su fi nalidad es generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y defi nición de sus funciones y las de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional, aprobar modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Informe Nº 047-2012-GRH-GRPPAT/ SGDIS de fecha 08 de enero del 2012, presentado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Sistema y Estadística solicita la aprobación del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad Educativa Local - UGEL Leoncio Prado,(Unidad Ejecutora 302), instrumento de gestión adecuado y modifi cado en el marco de las necesidades surgidas de la experiencia de la Descentralización; así como concordado con la normatividad legal vigente que rige el actual proceso de modernización de la gestión del Estado y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional; evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos Órganos y Dependencias; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL UGEL LEONCIO PRADO – HUÁNUCO. ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, El REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LA UNIDAD