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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de junio de 2012 468821 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000004-2012/ GRIAS/RENIEC (08MAY2012) emitida por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe N° 000025-2012/GRIAS/SGRI/RENIEC (08MAY2011) emitido por la Sub Gerencia de Restitución de la Identidad de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Memorando N° 000174-2012/GPP/RENIEC (16MAY2012) emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe N° 001096-2012/GPP/SGP/RENIEC (16MAY2012) emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; y, el Informe N° 000976- 2012/GAJ/RENIEC (24MAY2012), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183° de la Constitución Política del Estado es competencia funcional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015- 98-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del Documento Nacional de Identidad, las mismas que han benefi ciado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros; Que por Resolución Jefatural N° 611-2011-JNAC/ RENIEC (29DIC2011), se aprobó la “Campaña de tramitación y expedición gratuita del Documento Nacional de Identidad”, en todo tipo de trámites en desplazamiento, para las personas mayores y menores de edad residentes en los distritos actualmente comprendidos en el ámbito de la Estrategia Nacional “CRECER”, así como los residentes en los distritos considerados como pobre, muy pobre y pobre extremo, “según el mapa de FONCODES” en todos los distritos clasifi cados como regulares, además de otros expresamente precisados en dicha resolución en forma gratuita hasta el 31 de diciembre de 2012; Que la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social mediante los documentos de vistos, solicita que se amplíe los benefi cios otorgados por la Resolución Jefatural acotada para los residentes de los distritos de Yacus de la provincia de Huánuco, departamento de Huánuco; de Constitución en la provincia de Oxapampa, departamento de Pasco; Samugari de la provincia de La Mar, departamento de Ayacucho y Cosme en la provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica; Que la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto mediante los documentos de vistos, señala que la gratuidad a los procedimientos de trámites del DNI propuestos por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, son factibles de ser atendidos con cargo a los Recursos Presupuestarios que cuente la Institución durante el año 2012 y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley No. 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo No. 015-98- PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural No. 855- 2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo No. 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar los alcances de la Resolución Jefatural N° 611-2011-JNAC/RENIEC (29DIC2011), para los residentes de los distritos de Yacus de la provincia de Huánuco, departamento de Huánuco; de Constitución en la provincia de Oxapampa, departamento de Pasco; Samugari de la provincia de La Mar, departamento de Ayacucho y Cosme en la provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica. Artículo Segundo.- Continuar manteniendo vigente los criterios de fl exibilización contenidos en los artículos: Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo de la Resolución Jefatural N° 1101-2010/JNAC/RENIEC (30DIC2010) para la obtención de los trámites que se realicen según la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán afectados con cargo a los Recursos Presupuestarios con que cuente la institución durante el año 2012 y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Informática, Administración, Planifi cación y Presupuesto y Registros de Identifi cación. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 805011-1 Designan representantes alternos del RENIEC ante la Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación del “Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia -PNAIA 2012-2021” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 158-2012/JNAC/RENIEC Lima, 21 de junio de 2012 VISTOS: El Decreto Supremo N° 001-2012-MIMP, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 14 de abril de 2012; el Ofi cio N° 001060-2012/GOR/RENIEC (27ABR2012) de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Ofi cio N° 000739-2012/GRIAS/RENIEC (27ABR2012) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y el Informe N° 001054-2012/GAJ/RENIEC (06JUN2012), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que mediante Decreto Supremo N° 001-2012-MIMP, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 14 de abril de 2012, se aprueba el “Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia – PNAIA 2012 – 2021”, constituyéndose la Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación de dicho Plan, incorporando como invitados entre otros a la máxima autoridad del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC en calidad de miembro supernumerario; Que el artículo 6° del mencionado Decreto Supremo dispone que mediante resolución del titular de la entidad, se podrán designar a dos (2) representantes alternos, preferentemente especializados en temas de niñez, adolescencia y planifi cación; Que en consecuencia corresponde designar a los representantes alternos del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil ante la citada Comisión, conforme a la propuesta efectuada por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y la Gerencia