Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (23/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de junio de 2012 468871 ÁREA DE CIRCUITO DE MANEJO: Predio Simbilá Sección 02, Anexo Simbilá distrito de Catacaos, provincia y departamento de Piura. Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. FLOTA VEHICULAR.- N Marca Modelo Clase Año Fab. Placa 1 RTM RTM 125-7ª (L5) VEH. MEN 2008 NB-57781 2 ZONGSHEN ZS 125-S (L5) VEH. MEN 2010 B2-8158 3 SUZUKI ALTO (M1) AUTOMOVIL 2010 P1I-128 4 YUEJIN NJ1063DAW (N2) CAMION 2011 D1D-819 5 CHANGAN INCAPOWER CTTIZEN (M3) OMNIBUS 2011 P1J-710 6 MERCEDES BENZ LO 915/48 (M3) OMNIBUS 2008 UD-3993 7 AGRALE MODASA TURISMO (M3) OMNIBUS 2004 VG-6858 8 AGRALE MODASA TURISMO (M3) OMNIBUS 2004 VG-6771 9 MERCEDES BENZ LO 915/48 (M3) C3-OMNIBUS 2010 T2N-960 10 GMC WHITE (N3) REMOLCADOR 1989 YC-1572 HORARIO DE ATENCION : Lunes a Domingo: 08:00 am a 21:30 horas PROGRAMA DE ESTUDIOS.- Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestación del servicio de transporte de personas. d) Enseñanza de las normas sobre clasifi cación vehicular, características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. g) Uso de la tecnología aplicable al transporte de personas. Cursos específi cos para realizar el transporte de mercancías: a) Urbanidad y trato con el público. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas que regulan la prestación de los servicios de transporte de mercancías. d) Enseñanza de las normas básicas sobre clasifi cación vehicular; así como características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del transporte de mercancías. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de mercancías, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la guía de remisión del transportista. i) Uso de tecnología aplicable al transporte de mercancías. Artículo Segundo.- La empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES EDUCACION AL VOLANTE S.R.L, autorizada para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, está obligada a actualizar permanentemente la información propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, así como las normas legales pertinentes. Artículo Tercero.- La Escuela autorizada impartirá los cursos con la siguiente plana docente: Cargo de Instrucción Docente a cargo Director • HUGO ENRIQUE CHUNGA RUIZ Sub-Director • HUGO MAZA MEDINA Instructor Teórico de Tránsito • LUIS VICENTE CRESPO PINZÓN • JUAN PERCY APOLO PRADO Instructor Práctico de Manejo • VICTOR HUGO EVERALDO PEÑA ATARAMA Instructores Teóricos - Prácticos de Mecánica • BENANCIO RISCO CHERO • ERASMO ALEJANDRO REQUENA SAAVEDRA Instructora Teórico-Práctico en Primeros Auxilios • JAVIER ORTIZ GUERRERO • LUIS ALBERTO URDIALES SOSA Psicólogo • JOSE FERNANDO FONG KONG • AUGUSTO ALEJANDRO MIÑAN CHINGUEL Artículo Cuarto.- La Escuela autorizada deberá colocar en un lugar visible dentro de su local una copia de la presente Resolución Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- La Escuela autorizada deberá presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, presentará el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo señala el numeral 43.6 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización.