Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2012 (23/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

468873

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Aprueban formatos "Titulo de Afectacion en Uso" y "Titulo de Saneamiento de Propiedad"
RESOLUCION DIRECTORAL N° 115-2012-COFOPRI/DE MORDAZA, 21 de junio de 2012 VISTO: El Informe Nº 037-2012-COFOPRI-DND de fecha 19 de junio de 2012, emitido por la Direccion de Normalizacion y Desarrollo de COFOPRI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, ahora Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; conforme a la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos; Que, segun Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de COFOPRI, como instrumento de gestion institucional que organiza la estructura organica de la Entidad, conteniendo sus funciones generales y especificas y las de sus Organos y Unidades Organicas, asi como sus relaciones y responsabilidades; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la MORDAZA citada precedentemente, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal COFOPRI; Que, por Ley Nº 28923, se establecio el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos, facultando a COFOPRI asumir de manera excepcional, las funciones de ejecucion de los procedimientos de saneamiento fisico legal y titulacion de predios urbanos, ubicados en posesiones informales, a que se refiere el Titulo I de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos, por un periodo de 3 anos, el mismo que fue modificado por la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29320 y MORDAZA por el articulo 1º de la Ley 29802; Que, el numeral 3.1 del articulo 3º de la Ley Nº 29802, "Ley que amplia la vigencia del Regimen Extraordinario al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI), prevista en la Ley Nº 28923, exonera el pago de tasas u otros cobros y otorga facultades excepcionales en materia de formalizacion en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007", faculta excepcionalmente a COFOPRI para realizar las acciones de saneamiento fisico legal de las posesiones informales ubicadas en las zonas afectadas por los sismos ocurridos el 15 de agosto de 2007; y, en el numeral 3.2 del articulo 3º se otorga facultades a COFOPRI para establecer mediante Reglamento los procedimientos especiales adicionales que MORDAZA necesarios para la formalizacion de los predios ubicados en propiedad privada; Que, la Unica Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29802, establece que el Ministerio de

Vivienda, Construccion y Saneamiento, dicta las disposiciones reglamentarias que fueran necesarias para el cumplimiento de la citada Ley, y; adicionalmente, la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 29802, Ley que amplia la vigencia del Regimen Extraordinario al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI), previsto en la Ley Nº 28923, exonera el pago de Tasas u otros cobros y otorga facultades excepcionales en materia de formalizacion en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto del 2007, faculta a COFOPRI a aprobar las directivas y formatos que MORDAZA necesarios para la ejecucion de los procedimientos establecidos en el mencionado Reglamento; Que, mediante el documento de visto, la Direccion de Normalizacion y Desarrollo, ha remitido el proyecto de Formatos de "Titulo de Afectacion en Uso" Anexo A y "Titulo de Saneamiento de Propiedad", Anexo B, a ser utilizados en el procedimiento establecido en el Capitulo I, Titulo II y en el supuesto del literal a), articulo 25º, Capitulo II, Titulo II del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA, respectivamente; Que, para una mejor aplicacion de los procedimientos MORDAZA referidos, resulta necesario aprobar los formatos descritos en el considerando precedente; Con el visado de Secretaria General, las Direcciones de Formalizacion Individual, Normalizacion y Desarrollo, y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los formatos detallados en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, que como anexos A y B, forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Publicar el texto de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y los anexos que se aprueban en el MORDAZA Institucional (www.cofopri. gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe). Articulo Tercero.- Notificar la presente Resolucion a los organos estructurados del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Registrese, comuniquese y publiquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI 805230-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 088-2012/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 18 de junio de 2012 Visto el Expediente Nº 042-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 42 882,66 m², ubicado al suroeste de la propiedad de la Comunidad Campesina Sayan parte baja, Sector MORDAZA MORDAZA, en el distrito de Sayan, provincia de Huaura, departamento de Lima; y,

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