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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de junio de 2012 468872 c) En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de publicada la Resolución Directoral que establece las características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Sexto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipifi cación, Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización, así como la ejecución de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administración; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Artículo Sétimo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Octavo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación. Asimismo, se publicará en la página web del Ministerio la presente Resolución y el horario propuesto por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES EDUCACION AL VOLANTE S.R.L Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 804215-1 VIVIENDA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 112-2012-VIVIENDA Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 112-2012-VIVIENDA, publicada en la edición del 13 de junio de 2012. DICE: (...) SE RESUELVE: (...) N° CÓDIGO SNP SECTOR INTERVENIENTE NOMBRE DEL PROYECTO DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO UNIDAD EJECUTORA ASIGNACION DE RECURSOS 1 15614 VIVIENDA CONSTRUCCIÓN DE PISTAS, VEREDAS Y HABILITACIÓN DE ÁREAS VERDES EN LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA 05 DE OCTUBRE DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA, PROVINCIA DE PISCO – ICA ICA PISCO INDEPENDENCIA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA S/. 884 596,97 (...) DEBE DECIR: (...) SE RESUELVE: (...) N° CÓDIGO SNP SECTOR INTERVENIENTE NOMBRE DEL PROYECTO DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO UNIDAD EJECUTORA ASIGNACION DE RECURSOS 1 156114 VIVIENDA CONSTRUCCIÓN DE PISTAS, VEREDAS Y HABILITACIÓN DE ÁREAS VERDES EN LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA 05 DE OCTUBRE DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA, PROVINCIA DE PISCO – ICA ICA PISCO INDEPENDENCIA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA S/. 884 596,97 (...) 805049-1