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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (28/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de junio de 2012 469171 Que, mediante con Ofi cio N° 2565-2012-MTC/15.03 de fecha 09 de abril de 2012, y notifi cado el 10 de abril del presente año, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles y mediante Parte Diario N° 048739 de fecha 24 de abril de 2012, La Empresa presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el ofi cio indicado; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante el Informe Nº 007-2012-MTC/15.mcr de fecha 14 de mayo de 2012, sobre la inspección ocular realizada a los locales propuestos por La Empresa, el inspector concluye que con respecto a la infraestructura y al equipamiento, cumple con las condiciones mínimas que establecen los numerales 43.3 y 43.5 del artículo 43 de El Reglamento; Que, es preciso indicar que el artículo 117° de El Reglamento dispone que las Escuelas de Conductores son responsables administrativamente ante la autoridad competente por el incumplimiento de las obligaciones administrativas a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. En tal sentido, en caso de incumplimiento de dichas obligaciones administrativas, se aplicarán las sanciones administrativas correspondientes, señaladas en el Cuadro de Tipifi cación y Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones, lo cual conllevará a la ejecución de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del artículo 43° del Reglamento antes citado; Que, estando opinado en el Informe Nº 318-2012-MTC/ 15.03.A.LEGAL.mgr, por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, es procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a La Empresa denominada ECO SUR PERU ESCUELA DE CONDUCTORES DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – ECO SUR PERU S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II-c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor, los cursos de reforzamiento para la revalidación y recategorización de las licencias de conducir de la Clase A categorías II y III; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela: ECO SUR PERU ESCUELA DE CONDUCTORES DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – ECO SUR PERU S.A.C. Clase de Escuela: Escuela de Conductores Integrales. Ubicación del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA, TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO Y PRÁCTICO DE MECÁNICA: - Lote 1-A, Manzana Cuarenta y tres, del Asentamiento Humano La Esperanza, del Distrito Alto de la Alianza, Provincia y Departamento de Tacna. Aulas para la enseñanza teórica Área del aula Cantidad de alumnos que recibirán capacitación Aula 1 17.80 m2 15 Aula 2 19.60 m2 17 Aula 3 22.60 m2 20 Aula 4 12.00 m2 10 Taller de Instrucción Teórico Prac- tico de Mecánica 10.30 m2 --- CIRCUITO DE MANEJO: - Lote N° 1, Manzana T, en el Sector Viñani del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. HORARIO DE ATENCIÓN: Lunes a Domingos de 08:00 a.m. a 10:00 pm. Plazo de Autorización: Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. La Empresa, funcionará con la siguiente fl ota vehicular: N° Marca Modelo Clase Año Fabri- cación Placa 1 HYUNDAI ACCENT AUTOMOVIL (M1) 2010 Z1N-088. 2 JINCHENG CAMELLO CMTA RURAL (M2) 2011 Z2K-127. 3 VOLVO B12B 6X2 OMNIBUS (M3) 2000 VG-5396. 4 HYUNDAI H-1 M/BUS CMTA RURAL (M2) 2011 Z2G-061. 5 MITSUBISHI FUSO FIGHTER CAMION (N2) 1998 Z1U-809. 6 KIA K3600S CAMION. (M3) 1997 WK-3781. 7 MITSUBISHI FUSO FIGHTER CAMION (N3) 1997 Z1Z-915. 8 ADMIR REY VEH. AUT. M (L5) 2010 Z1-8811. PROGRAMA DE ESTUDIOS.- Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte.