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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de marzo de 2012 463125 Administrativa, Programación y Monitoreo, Adquisiciones y Almacén y Distribución en DARES, señalando que estas se sustentan en el establecimiento de responsabilidades y especialización de labores, lo que según indica permitirá la efi ciencia en los procesos de adquisición y distribución de recursos estratégicos a cargo de la mencionada Dirección; Que, con la fi nalidad de asegurar el normal y efectivo funcionamiento de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, y en tanto se apruebe el Manual de Organización y Funciones de la citada Dirección, es necesario disponer las acciones pertinentes, a fi n de distribuir las funciones asignadas en el ROF en unidades de menor jerarquía, asignar las responsabilidades y establecer una adecuada cadena de mando, que permitan un efi ciente cumplimiento y control de las funciones de abastecimiento que desarrolla dicha Dirección; Contando con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, contenida en el Informe Nº 0046-2012-OGP-OO/MINSA, y con el visto del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias y en la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la conformación de las Unidades y/o Áreas Funcionales de Gestión Administrativa, Programación y Monitoreo, Adquisiciones y Almacén y Distribución en la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, DARES, las mismas que tienen carácter temporal, en tanto se aprueba el Manual de Organización y Funciones de la citada Dirección. Las funciones de las unidades y/o áreas funcionales a que hace referencia el párrafo precedente, se encuentran contenidas en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica: http://minsa.gob.pe/ transparencia/dge _normas.asp del portal de internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 768622-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban texto de la Norma Técnica Complementaria “Señalización de Plataforma de Aeronaves en Aeródromos” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 071-2012-MTC/12 Lima, 5 de marzo del 2012 CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar y modifi car, entre otras, las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; Que, el artículo 2° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC señala que los aspectos de orden técnico y operativo que regulan las actividades aeronáuticas civiles se rigen, entre otras, por las normas técnicas complementarias; Que, de otro lado, los artículos 13° y 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, prescriben que las entidades públicas difundirán las normas legales de carácter general que sean de su competencia, a través de sus respectivos Portales Electrónicos, revistas institucionales y en general, en todos aquellos medios que hagan posible la difusión colectiva por un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; Que, en cumplimiento de la referida norma, mediante Resolución Directoral Nº 408-2011-MTC/12, del 22 de noviembre de 2011, se aprobó la difusión a través de la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto de la Norma Técnica Complementaria denominada “Señalización de Plataforma de Aeronaves en Aeródromos”; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusión del proyecto mencionado, sin haberse recibido recomendaciones o sugerencias de los administrados, por lo que es necesario expedir el acto que apruebe la norma en los términos en que fue difundida, el que cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, la Dirección de Regulación y Promoción y la Asesoría Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 2789-2011-MTC/12.04, N° 615-2011-MTC/12.08 y Nº 1294-2011-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el texto de la Norma Técnica Complementaria denominada “Señalización de Plataforma de Aeronaves en Aeródromos”, que forma parte integrante de la presente resolución y al que se puede acceder en la página web www.mtc.gob.pe/dgac.html, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMÓN GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 768635-1 Aprueban texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 145 “Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 074-2012-MTC/12 Lima, 6 de marzo del 2012 CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar y modifi car las Regulaciones Aeronáuticas del Perú – RAP, conforme lo señala el literal c) del artículo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y el artículo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050- 2001-MTC;