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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2012 466342 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Delegan diversas facultades al Gerente Municipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 055-2012-MPC Cusco, 6 de febrero de 2012. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTOS, el Informe Nº 97-2012-OGPP-MPC de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de fecha 25 de enero de 2012, el Informe Nº 83-2012-OGAJ/MPC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de fecha 30 de enero de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, conforme prescribe el numeral 7.1 del Artículo 7º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto – Ley Nº 28411, el titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, quien en materia presupuestal es responsable, de manera solidaria con el Concejo Municipal; asimismo, establece que dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el Titular responsable solidario con el delegado; Que, según lo dispuesto en el numeral 30.2 del Artículo 30º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto – Ley Nº 28411, los Calendarios de Compromisos Institucionales son aprobados en los Gobiernos Locales, por Resolución del Titular del Pliego Presupuestario o de quién este delegue, a propuesta del Jefe de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, a nivel de pliego, unidad ejecutora, de ser el caso, genérica de gasto y fuente de fi nanciamiento; Que, el numeral 40.1 del Artículo 40º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411, establece que son modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fi scal; Que, asimismo el numeral 40.2 del Artículo 40º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto – Ley Nº 28411, señala que las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa; la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el inciso 20 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Alcalde, delegar sus atribuciones políticas ANEXO Nº 1 DEL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 12 -2012-MSS TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA) Nº DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓN PLAZO PARA RESOLVER (en días hábiles) INICIO DEL PROCE- DIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS Número y Denominación Formu- lario / Código / Ubica- ción (en % UIT año 2012) (en S/. ) Auto- mático Evaluación Previa Reconsi- deración Apelación S/. 3,650 Posi- tivo Nega- tivo UNIDAD ORGÁNICA : GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS Y PROYECTOS UNIDAD : SUBGERENCIA DE EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS 11.02 AUTORIZACIÓN PARA INSTALACIÓN Y/O RETIRO DE CONEXIÓN DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE Y/O DESAGUE (CADA PAR MIXTO), E INSTALACIÓN DE TUBERIA PARA PLAN QUINTA, O EMPALME BASE LEGAL: Constitución Política del Perú.Art. 2 inciso 20. Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 (27.05.2003). Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 (27.05.2003), Art. 9 Inciso 9. Ordenanzas Nº 313-MSS, 341-MML (09.11.2001), 452-MML (24.02.2003), 459-MML (01.03.2003); Reglamentación del Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco (Ordenanza Nº 199-MML, 224-MML, 40-MSS; Ordenanza 181-MSS y anexo); Ley General de Servicios de Saneamiento Ley Nº 26338 (24.07.1994); Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento D.S. Nº 09-95-TCC; D.S. Nº013-98- PRES (19.09.1998), D.L. Nº 1014 (16.05.2008) Reglamento Nacional de Edifi caciones aprobado por D.S. Nº 11-2006-VIVIENDA (08.05.2006). 1.- Carta y factibilidad técnica de empresa concesionaria del servicio. 2.- Plano o croquis de ubicación. 3.- Pago de derechos correspondientes. 0.99% S/. 36.00 X 5 días hábiles Subgerencia de Gestión Documental Subgerente Ejecución de Obras Públicas Vías Locales Preferenciales Vías Locales Secundarias Subgerente Ejecución de Obras Públicas Vías Locales Preferenciales Vías Locales Secundarias Gerente de Obras Públicas y Proyectos 789154-1