Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2012 (17/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2012

Que, en el MORDAZA de la declaracion de Kuelap, mediante Ordenanza Regional Nº 249-2009-GRA/ CR, Ordenanza Regional Nº 043-3009-GRSM/CR y Ordenanza Regional Nº 001-2010-GRLL/CR, el Pleno de los Consejos Regionales de Amazonas, San MORDAZA y La MORDAZA, constituyendose la Mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA, como un mecanismo de asociatividad de los Gobiernos Regionales a traves del acuerdo voluntario de los gobiernos regionales en mencion; con la posterior incorporacion del Gobierno Regional de MORDAZA en el MORDAZA integrador Mancomunidad Regional Amazonas - San MORDAZA - La Libertad; la misma que se formalizo mediante Acuerdo Regional Nº 070-2011-GR.CAJ/CR. Que, por la Ley Nº 29768, Ley de la Mancomunidad Regional, se establecio el MORDAZA juridico de la Mancomunidad Regional, estableciendo un mecanismo de coordinacion entre gobiernos regionales previsto en el Articulo 190º de la Constitucion Politica del Peru, y desarrollar el ejercicio de las competencias constitucionales establecidas en el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 9º de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, el Articulo 2º de la referida Ley de la Mancomunidad Regional define a la Mancomunidad Regional como el acuerdo voluntario de dos o mas Gobiernos Regionales que se unen para la prestacion conjunta de servicios publicos, cofinanciamiento o inversion en la ejecucion de obras, que promuevan la integracion, el desarrollo regional y la participacion de la sociedad, coadyuvando al MORDAZA de regionalizacion. Que en el numeral 1) del Articulo 6º de la referida Ley de la Mancomunidad Regional, se establece que la voluntad de constituir una Mancomunidad Regional se expresa mediante ordenanza regional de cada gobierno regional interviniente. Que, promulgada la referida Ley, los respectivos Consejos Regionales aprobaron sus respectivas Ordenanzas Regionales Nº 098-2011-Gobierno Regional Amazonas/CR; Nº 27-2011-GRSM/CR; Nº 011-2011-GRLL/CR; Nº 035-2011-GR.CAJ-CR, relativas a declarar la voluntad de cada Gobierno Regional respectivamente, de constituir la Mancomunidad Regional "Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA, Cajamarca", como una persona juridica de derecho publico para la prestacion conjunta de servicios publicos, cofinanciamiento o inversion en la ejecucion de obras, que promuevan la integracion, el desarrollo regional y la participacion de la sociedad, coadyuvando al MORDAZA de regionalizacion. Que, asi mismo el Capitulo III de la Ley Nº 29768, establece la Organizacion y Estructura Basica de la Mancomunidad Regional senalando en su Articulo 11º que la Mancomunidad Regional se organiza de la siguiente manera: a) Asamblea de la Mancomunidad. Esta conformada por tres representantes de los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales que integran la Mancomunidad Regional, con facultades normativa y fiscalizadora unicamente en materia de Mancomunidad Regional. Es presidida por el Consejero Delegado del Gobierno Regional donde se lleve a cabo la Asamblea; el periodo es de un ano. b) Comite Ejecutivo Mancomunal. Esta integrado por los presidentes Regionales de los Gobiernos Regionales intervinientes. (...). Que, MORDAZA de promulgada la referida ley, en aras de cumplir con los compromisos asumidos, en el MORDAZA de la Mancomunidad Regional, el Pleno del Consejo Regional La MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 11 de enero del 2011 aprobo el Acuerdo Regional Nº 003-2011-GRLL/CR relativo a conformar la Comision Especial de Consejeros Regionales encargada de los temas relacionados con la Mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA La MORDAZA, la misma que quedo integrada por los Consejeros Regionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de presidente, y los Consejeros Regionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, en calidad de miembros. Que, visto el pedido de la Comision Especial de Consejeros Regionales encargados en las Asambleas de la Mancomunidad, de los Asuntos de la Mancomunidad Regional; sobre proponer ante el Consejo Regional La MORDAZA se constituya la creacion de la Comision Ordinaria de la Mancomunidad Regional la misma que estara

conformada por tres miembros del Consejo Regional, con facultades normativas y fiscalizadoras unicamente en materia de la Mancomunidad Regional representando al Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA ante la Asamblea de la Mancomunidad por el periodo del ano 2012; conforme lo establece el inciso a) del Articulo 11º de la referida Ley Nº 29768. Que, el Articulo 26º del Reglamento Interno del Consejo Regional La MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 005-2010-GR-LL/CR senala que las comisiones ordinarias son aquellas que se encargan del estudio y dictamen de asuntos ordinarias de agenda del consejo con prioridad en la funcion legislativa y de fiscalizacion. En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- CREAR la Comision Ordinaria de la Mancomunidad Regional Amazonas ­ San MORDAZA ­ La MORDAZA ­ MORDAZA, del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad; la misma que estara conformada por tres miembros del Consejo Regional La MORDAZA, con facultades normativas y fiscalizadoras unicamente en materia de la Mancomunidad Regional representando al Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional Amazonas - San MORDAZA - La MORDAZA - Cajamarca. Articulo Segundo.- AGREGUESE al Articulo 26º del Reglamento Interno del Consejo Regional La MORDAZA aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GR-LL/ CR, el siguiente texto: "Articulo 26º.- Existen cuatro clases de comisiones: Comisiones Ordinarias (...) (...) - Comision Ordinaria de La Mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA, Cajamarca. Articulo Tercero.- La Comision Ordinaria de la Mancomunidad Regional Amazonas ­ San MORDAZA ­ La MORDAZA ­ MORDAZA del Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, para el periodo 2012, estara conformada por los siguientes consejeros regionales: - Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Presidente. - Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro. - Consejero Regional Hebert MORDAZA MORDAZA Urquiaga, Miembro. Base legal inciso a) del Articulo 11º de la Ley Nº 29768, Ley de la Mancomunidad Regional. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano" y sera difundida a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional La Libertad. Comuniquese al senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada AL SENOR PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La MORDAZA al 27 de MORDAZA de 2012. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional

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