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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2012 466335 Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los once días del mes de mayo del año dos mil doce. LUIS GARUFI VIDAL Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil doce. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 788527-1 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Incluyen al Consejo Regional de las Personas Adultas Mayores de Tumbes - COREPAMT en el Órgano Consultivo del Gobierno Regional Tumbes y aprueban el Plan Regional de Atención a las Personas Adultas Mayores de Tumbes - PRAPAMT - 2011-2015 ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2012-GOB.REG. TUMBES-CR Tumbes, 10 de abril del 2012 EL CONSEJO REGIONAL TUMBES POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, en Sesión Ordinaria de Consejo Nº 04 de fecha 10 de Abril del 2012, aprobó mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 014-2012/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social sobre Personas Adultas Mayores de Tumbes. CONSIDERANDO: Que, La Ley Nº 28803, en concordancia con el criterio de la Organización Mundial de la Salud defi ne como Personas Adultas Mayores a todas las personas que tengan 60 o más años de edad; Que, la Ley Nº 28803, señala que es deber del Estado establecer, promover y ejecutar medidas administrativas, legislativas y jurisdiccionales que sean necesarias para asegurar el pleno ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, quienes tienen derecho a la protección efectiva del Estado para el ejercicio o defensa de sus derechos; Que, la referida ley tiene la fi nalidad de garantizar los derechos reconocidos en la Constitución Política y los Tratados Internacionales vigentes de las personas adultas mayores para mejorar su calidad de vida y que se integren plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural, estableciéndose sus derechos y benefi cios; Que, con Decreto Supremo Nº 006-2006-MIMDES, se aprobó el Plan Nacional para las Personas Mayores 2006- 2010, con el objetivo de mejorar el bienestar físico, psíquico y social a través del incremento en la cobertura y calidad de los servicios socio sanitarios, mejorar su califi cación e inserción al mercado laboral, elevar el nivel educativo y cultural e incrementar los niveles de participación social y política de las Personas Adultas Mayores; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 001108- 2010/GOB.REG.TUMBES-P, de fecha 08 de noviembre del 2010 se conformó el Consejo Regional de las Personas Adultas Mayores de Tumbes – COREPAMT, conformada por todas las organizaciones y clubes de personas adultas mayores de la región Tumbes; Que, el Plan Regional de Atención a las Personas Adultas Mayores de Tumbes-PRAPAMT-2011-2015, tiene la visión de mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores, haciéndolos partícipes de su desarrollo e integración social, incorporándolas a todas las instancias regionales y locales en el desarrollo e implementación de políticas a favor de las personas adultas mayores; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- INCLUIR al Consejo Regional de las Personas Adultas Mayores de Tumbes – COREPAMT, en el Órgano Consultivo del Gobierno Regional Tumbes, cuya función deberá ser Ad Honóren. Artículo Segundo.- APROBAR el Plan Regional de Atención a las Personas Adultas Mayores de Tumbes- PRAPAMT-2011-2015, que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Publicar el Plan Regional de Atención a las Personas Adultas Mayores de Tumbes- PRAPAMT-2011-2015 en el Portal del Gobierno Regional Tumbes. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su Promulgación. En Tumbes a los diez días del mes de Abril del dos mil doce. DAGNER GILBERTO QUISPE ALEMÁN Consejero Delegado POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 19 de abril de 2012. GERARDO FIDEL VIÑAS DIOSES Presidente Regional 788324-1 Declaran de interés regional la Propuesta Técnica: Desarrollo Forestal Estratégico para nuestra Región Tumbes ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2012-GOB.REG. TUMBES-CR Tumbes, 10 de abril del 2012 EL CONSEJO REGIONAL TUMBES POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, en Sesión Ordinaria de Consejo Nº 04 de fecha 10 de Abril del 2012, aprobó mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 015- 2012/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Dictamen de la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, en su artículo 28º establece que los recursos naturales deben aprovecharse en forma sostenible; Que, el aprovechamiento sostenible implica el manejo racional de los recursos naturales teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su sobreexplotación y reponiéndolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso;