Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2012 (17/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

466329

24/01/2012 E) 18 F) V1:N8702 E433 V2:N8699 E433 V3: N8699 E430 V4:N8701 E430 V5:N8701 E429 V6:N8702 E429.

788938-1

GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Convocan al MORDAZA de formalizacion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de La MORDAZA para el Ano Fiscal 2013
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2012-GR-LL/CR "CONVOCAR AL MORDAZA DE FORMULACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA PARA EL ANO FISCAL 2013"
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 3 de MORDAZA de 2012, el dictamen sobre el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a convocar al MORDAZA de formulacion del presupuesto participativo del Gobierno Regional de La MORDAZA para el Ano Fiscal 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 199º de la Constitucion Politica del Peru, prescribe que los Gobiernos Regionales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos, con la participacion de la poblacion y rinden cuentas de su ejecucion, anualmente. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion en su Capitulo IV de Participacion Ciudadana, Articulo 17º numeral 17.1 y 17.2 establece que los gobiernos regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de los planes de desarrollo y presupuestos; y en gestion publica. Que, en el Titulo III, Capitulo V Planes de Desarrollo y Presupuestos, Articulos 18º, 19º y 20º, numerales 20.1 y 20.2 de la Ley mencionada en el parrafo anterior, establece que los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, se formulan y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado. El Ministerio de Economia y Finanzas dicta en forma anual las directivas que regulan la programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion, evaluacion y control de los presupuestos. Que, el Titulo V, Capitulo IV, Competencias de los Gobiernos Regionales, Articulo 35º inciso d) prescribe que es competencia del Gobierno Regional promover y ejecutar las inversiones publicas del ambito regional en proyectos de infraestructura vial, energetica, de comunicaciones y de servicios basicos del ambito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidad de inversion privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades.

Que, en la Ley Nº 26300, Ley de Derechos de Participacion y Control Ciudadano, en el Articulo 2º Derechos de Participacion de los Ciudadanos, se establecen los mecanismos de participacion ciudadana en el ambito de los Gobiernos Regionales y Locales y en el Articulo 3º de Derechos de Control Ciudadanos. Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, su modificatoria la Ley Nº 29228 y el Reglamento de la Ley MORDAZA, Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y su modificatoria D.S. Nº 131-2010-EF y el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en resultados, indican que el MORDAZA del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil, y, que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion de la sociedad civil en la programacion de su presupuesto, de acuerdo a las prioridades consideradas en los objetivos de los Planes de Desarrollo Concertado y en los Programas Estrategicos del Presupuesto por Resultados; asi como, en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos, y que mediante Ordenanza dispondran las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de los Agentes Participantes en el MORDAZA, particularmente de aquellos representantes de la Sociedad Civil. Que, es competencia del Gobierno Regional de La MORDAZA emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que establece: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (...)". En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente ordenanza regional: Articulo Primero.- CONVOCAR al MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de La MORDAZA para el Ano Fiscal 2013. Articulo Segundo.- APROBAR la Directiva del MORDAZA, asi como el Cronograma respectivo, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA de Identificacion y Acreditacion de los Agentes Participantes en el MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional para el Ano Fiscal 2013, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- CONFORMAR el Equipo Tecnico del MORDAZA, que estara integrado de la siguiente manera: a. Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien lo preside. b. Gerente del Centro Regional de Planeamiento Estrategico. c. Sub Gerente de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial. d. Sub Gerente de Programacion de la Inversion Publica. e. Dos (2) representantes de la Sociedad Civil, integrantes del Consejo de Coordinacion Regional. f. Dos (2) representantes de la Sociedad Civil, elegidos entre los agentes participantes del Presupuesto Participativo. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Asimismo, en el diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuniquese al Senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada

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