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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2012 (17/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2012 466333 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Regulan el proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados correspondiente al Año Fiscal 2013 ORDENANZA REGIONAL Nº 236-2012/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la autonomía política de los Gobiernos Regionales, se defi ne como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes, conforme lo establece el inciso 9.1 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Que, de acuerdo con el inciso m) del artículo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, es competencia exclusiva del Gobierno Regional, de acuerdo al artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización, dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad y proponer las iniciativas legislativas correspondientes, planifi car el desarrollo integral de la región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modifi catorias Ley Nº 29298, en su artículo 1º defi ne el Proceso del Presupuesto Participativo como un “mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece la relación Estado – Sociedad Civil”; asimismo en su artículo 4º, establece las instancias del presupuesto participativo, quienes deben formular su presupuesto respetando el marco de competencias establecido en la Constitución Política del Perú y en las correspondientes leyes orgánicas, considerando para tal efecto, criterios de alcance, cobertura de población, así como montos de ejecución o envergadura; Que, mediante Ley Nº 29298, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 17 de diciembre de 2008, se modifi can los artículos 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, estableciéndose las fases del proceso participativo, señalando que la adecuación de fases y actividades que se requieran para el mejor cumplimiento del proceso, considerando la realidad territorial, serán reguladas por Ordenanza, siendo los Titulares de Pliego los responsables de llevar adelante las distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que establece la Ley, su reglamento y directivas emitidos para dichos fi nes; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, de fecha 12 de abril de 2010, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 denominado “Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, en el cual se establecen mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional, evitando, de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos; Que, en Sesión Ordinaria Nº 01-2012 del Consejo de Coordinación Regional (CCR) con fecha 16 de abril 2012, se aprobó dar inicio al Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados (PPR BR) correspondiente al año 2013, el mismo que es concordante con el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01- Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y el Reglamento del Proceso aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 207-2011/GRP-CR; que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados; Que, conforme a las fases del proceso, el Equipo Técnico de la Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión ha elaborado la Metodología del Proceso basada en: el Enfoque de Reducción de Brechas; mayor participación ciudadana y fortaleciendo la coordinación entre Niveles de Gobierno; mayor rigurosidad en la propuesta técnica; Visión de Largo Plazo; y Acuerdos y Compromisos Tangibles; habiéndose propuesto además, el Cronograma de Actividades para su desarrollo; de igual forma, se ha recogido las recomendaciones efectuadas por los miembros del CCR en la indicada Sesión, quienes consideran importante el criterio de Estimación de Brechas focalizando en zonas de pobreza y pobreza extrema para la priorización de proyectos; Que, mediante Informe Nº 024-2012/GRP-410000, del 18 de abril del año 2012, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, recomienda dar inicio ofi cialmente al Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados del Año Fiscal 2013; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 04-2012, de fecha 25 de abril del 2012, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO REGIONAL BASADO EN RESULTADOS CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2013 Artículo Primero.- Dar inicio al Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, correspondiente al Año Fiscal 2013 del Gobierno Regional de Piura, con la Sesión Ordinaria Nº 01-2012 del Consejo de Coordinación Regional. Artículo Segundo.- Aprobar la Metodología del Proceso, basada en el enfoque de reducción de brechas sociales: a) Desnutrición Infantil, b) Servicios de Salud básica, c) Servicios de Educación Básica, d) Servicios de Saneamiento, e) Conectividad vial, f) Agricultura; fortaleciendo la coordinación entre Niveles de Gobierno; mayor rigurosidad en la propuesta técnica; visión de largo plazo; y, Acuerdos y Compromisos Tangibles a través de posibles fi rmas de convenios de cofi nanciamiento y/o coejecución. Artículo Tercero.- Aprobar el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados para el Año Fiscal 2013, el cual forma parte de la presente Ordenanza Regional y deberá ser publicado en la página web del Gobierno Regional Piura (www. regionpiura.gob.pe). Artículo Cuarto.- El Equipo Técnico, tiene la responsabilidad de la preparación y suministro de la información, de la evaluación técnica, asesoría y apoyo permanente al proceso de planeamiento; y estará conformado por: el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien lo preside; el Sub Gerente Regional de Planeamiento, Programación e Inversión, así como ocho (08) profesionales de dicha Sub Gerencia; el Sub Gerente de Presupuesto, Crédito y Tributación, el Jefe de la Ofi cina de Programación e Inversiones, Director Sub Regional de Programación y Presupuesto de la Gerencia Sub Regional Luciano Castillo Colonna, y Director Sub Regional de Programación y Presupuesto de la Gerencia Sub Regional Morropón Huancabamba. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.