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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de mayo de 2012 466655 Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Marco Alberto Núñez-Melgar Maguiña, Director de Protección y Asistencia al Nacional, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 23 al 24 de mayo de 2012, para que participe en la VI Reunión de Alto Nivel del Diálogo Estructurado CELAC-UE sobre Migraciones. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 53774: Negociaciones de Acuerdos Migratorios, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Marco Alberto Núñez- Melgar Maguiña 2,658.96 260.00 2+2 1,040.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 790852-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2012-TR Lima, 21 de mayo de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 1289-2012-SG/MINSA de fecha 18 de abril de 2012, del Secretario General del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6º de la Ley Nº 27056, los representantes del Estado ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, son designados mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 032-2011- TR, se designó al señor Enrique Jacoby Martínez, como miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado, propuesta por el Ministro de Salud; Que, resulta conveniente dar por concluida la designación del citado representante y proceder a designar un miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado a propuesta del Ministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-TR; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor ENRIQUE JACOBY MARTÍNEZ como miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor PERCY LUIS MINAYA LEÓN como miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 791268-17 Aprueban transferencias financieras del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de diversos organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2012-TR Lima, 21 de mayo de 2012 VISTOS: El Informe N° 186-2012-DVMPEMPE/TP- DP, de la Dirección de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe N° 071-2012-DVMPEMPE/TP-DP-USP, de la Unidad de Supervisión de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe N° 192-2012-DVMPEMPE/TP-UAL, de la Unidad de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Ofi cio N° 582- 2012-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 130-2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29035, Ley que Autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modifi cado con Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” con el objeto de generar empleo, y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y extrema pobreza, precisándose en el citado dispositivo legal que el Programa se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 005 - Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, manteniéndose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria;