TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de mayo de 2012 466656 Que, la Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo establece que las normas especiales sobre adquisición de bienes, contratación de servicios, régimen de personal, aspectos presupuestales y administración interna aplicables al Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” continúan vigentes y son íntegramente aplicables al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, precisándose de igual modo, en la Tercera Disposición Final Complementaria y Transitoria que, en tanto se culmine la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones, los componentes vinculados al Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” se continuarán ejecutando de acuerdo a lo dispuesto en su Manual de Operaciones y demás documentos; Que, para el cumplimiento de sus fi nes, el Programa efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que, el literal a) del numeral 12.1) del artículo 12º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, autoriza la realización, de manera excepcional, de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial N° 371-2008-TR, modifi cada por Resolución Ministerial N° 330-2011-TR, se aprueba la Directiva “Procedimiento para los desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”; Que, el Manual de Operaciones del Programa aprobado por Resolución Ministerial N° 160-2011-TR establece como una de las modalidades de intervención los proyectos especiales, precisándose que los mismos se pueden realizar a través de los Proyectos Especiales de Intervención Inmediata (PEII) que es la intervención ex post cuya fi nalidad es fi nanciar en forma inmediata proyectos para la rehabilitación o recuperación de las condiciones de habitabilidad de áreas afectadas por desastres, siniestros o zonas declaradas en situación de emergencia; Que, mediante Resolución Directoral N° 03-2010- DVMPEMPE/CP, se aprobaron los “Lineamientos para Proyectos Especiales de Intervención Inmediata – PEII”; Que, mediante Resolución Directoral N° 054- DVMPEMPE/TP, se aprueba el fi nanciamiento de diez Proyectos Especiales de Intervención Inmediata en el departamento de Huancavelica; Que, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario PCA N° 214-2012-MTPE/4/11 por la suma total de S/. 314 750.00 (Trescientos catorce mil setecientos cincuenta y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Informe N° 071-2012-DVMPEMPE/TP- DP-USP, la Unidad de Supervisión de Proyectos solicita la transferencia del rubro OTROS, para la ejecución de tres Proyectos Especiales de Intervención Inmediata, a favor de los organismos públicos ejecutores en el departamento de Huancavelica, por la suma total de S/. 94 425.00 (Noventa y cuatro mil cuatrocientos veinticinco y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Informe N° 186-2012-DVMPEMPE/TP- DP, la Dirección de Proyectos comunica a la Directora Ejecutiva, la Certifi cación de Crédito Presupuestario otorgada por la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo, para la transferencia del rubro OTROS por la suma total de S/. 94 425.00 (Noventa y cuatro mil cuatrocientos veinticinco y 00/100 nuevos soles) para la ejecución de tres Proyectos Especiales de Intervención Inmediata; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Director de Proyectos, del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR, y la Resolución Ministerial N° 371-2008-TR, modifi cada por Resolución Ministerial N° 330-2011-TR, “Procedimiento para los desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de los organismos ejecutores del sector público correspondiente a los Proyectos Especiales de Intervención Inmediata en el departamento de Huancavelica, para el pago del rubro OTROS, por la suma total de S/. 94 425.00 (Noventa y cuatro mil cuatrocientos veinticinco y 00/100 nuevos soles), conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 791025-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 129-2012-TR Lima, 21 de mayo de 2012 VISTOS: El Informe N° 193-2012-DVMPEMPE/TP- DP de la Dirección de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, el Informe N° 073-2012-DVMPEMPE/TP-DP-USP, de la Unidad de Supervisión de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe N° 195-2012-DVMPEMPE/TP-UAL, de la Unidad de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Ofi cio N° 594- 2012-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia N°130- 2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley 29035, Ley que Autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N°012-2011-TR, modifi cado con Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” con el objeto de generar empleo, y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y extrema pobreza, precisándose en el citado dispositivo legal que el Programa se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 005 - Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, manteniéndose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria; Que, la Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo establece que las normas especiales sobre adquisición de bienes, contratación de servicios, régimen de personal, aspectos presupuestales y administración interna aplicables al Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” continúan vigentes y son íntegramente aplicables al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, precisándose de igual modo, en la Tercera Disposición Final Complementaria y Transitoria que, en