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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de mayo de 2012 466733 Artículo 3º.- Dentro de los QUINCE (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- Dentro de los SIETE (7) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5°.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros WILVER CALLE GIRON Ministro del Interior 791834-9 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Conceden la gracia de conmutación de la pena a internas sentenciadas de diversos Establecimientos Penitenciarios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 085-2012-JUS Lima, 22 de mayo de 2012 VISTAS, las solicitudes de conmutación de la pena presentadas por internas de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales; CONSIDERANDO: Que, el inciso 21) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú señala que corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certifi cados de estudios y/o trabajo respectivos y conforme con los requisitos establecidos en el artículo 26º del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena; De conformidad con los incisos 8) y 21) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales y la Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a las internas sentenciadas de los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHORRILLOS I 1. PISANGO ZUMAETA, ROSA SORAIDA, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 03 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 28 de diciembre de 2012. 2. DOMINGUEZ MELENDEZ, MARCELINA, conmutarle de 04 años a 02 años 02 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 12 de mayo de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO VIRGEN DE FATIMA 3. RUIZ ACIPALI, NANCI, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 14 de noviembre de 2012. 4. HUAYANAY GONZALES, NICOLAZA o HUAYANAY GONZALES, CARMEN o GONZALES HUAYANAY, NICOLAZA, conmutarle de 05 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 21 de mayo de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE AREQUIPA 5. LEYVA AROCUTIPA, MARIA, conmutarle de 07 años a 06 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 10 de junio de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE MOYOBAMBA 6. SABOYA CHUJUTALLI, ROSITA, conmutarle de 06 años a 03 años 06 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 09 de diciembre de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PUCALLPA 7. SAYAN PILCO, RAQUEL, conmutarle de 06 años a 03 años 06 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 18 de diciembre de 2012. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 791831-4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 086-2012-JUS Lima, 22 de mayo de 2012 VISTAS, las solicitudes de conmutación de la pena, presentadas por internas extranjeras de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales; CONSIDERANDO: Que, el inciso 21º del artículo 118º de la Constitución Política del Perú señala que corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de las internas solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los