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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de mayo de 2012 466750 Que, mediante el Informe Nº 009-2012-MTC/15. heag de fecha 10 de abril de 2012, se remite el Acta de Inspección Ocular, de la cual se advierte que la inspección fue realizada en los locales propuestos por La Empresa donde el inspector concluye que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del Art. 43º del Decreto Supremo 040-2008-MTC y sus modifi catorias; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 234-2012- MTC/15.03.A.LEGAL.rgy, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a La Empresa denominada ANGELUS PRODUCCIONES S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II-c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la Clase A Categoría II y III; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : ANGELUS PRODUCCIONES S.A.C Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA, TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO – PRÁCTICO DE MECÁNICA - ÁREA DE RECEPCIÓN E INFORMACIÓN AV. CARLOS IZAGUIRRE MZ. B LOTE 11, PISO (1º Y 3º), URB. LAS PALMERAS, PRIMERA ETAPA (HOY CARLOS IZAGUIRRE Nº 778), DISTRITO DE LOS OLIVOS, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA. Aulas para la enseñanza teórica Área del aula Cantidad de alumnos que recibirán capacitación Aula 1 19.12 m2 20 Aula 2 20.37 m2 20 Aula 3 19.59 m2 20 CIRCUITO DE MANEJO CALLE LOS CEDROS S/N ALT. KM. 8.5 DE LA AV. VÍCTOR MALÁSQUEZ, ASOCIACIÓN DE VIVIENDA EL SOL, DISTRITO DE PACHACAMAC, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA. Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. FLOTA VEHICULAR: N Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 NISSAN BAYALFAB14FHA-J-Y M1 AUTOMOVIL 3N1BDAB14V004300 GA16768550S 1997 C2D-567 2 HYUNDAI H-1 M/BUS M2 CAMIONETA RURAL KMJWAH7HP9U148959 D4BH9007677 2009 B1Q-763 3 MITSUBISHI FUSO MF 100 M3 OMNIBUS FE659HU00375 4D34M58767 2009 A2X-722 4 VOLKSWAGEN 6.90P N2 CAMION V041072W LD8733B252010P 1987 WO-6640 5 VOLVO FMX 6X4R N3 CAMION YV2JS02D3BA715470 D13284869 2011 C7Z-918 6 BAJAJ RE AUTORIKSHA TORITO 2T VEH. AUT. MENOR MD22407A2BWJ00686 24MBTJ17618 2010 B5-6782 HORARIO DE ATENCIÓN: Lunes a Domingo de 07:00 a.m. a 10:00 p.m. PROGRAMA DE ESTUDIOS: Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que éstos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestación del servicio de transporte de personas. d) Enseñanza de las normas sobre clasifi cación vehicular, características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. g) Uso de la tecnología aplicable al transporte de personas.