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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de mayo de 2012 467043 universidad, con previsiones económicas para sus diez (10) primeros años de funcionamiento. La elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesión lógica de etapas que buscan la coherencia entre la misión, visión, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su califi cación, establecen las pautas para la elaboración de los proyectos. Los proyectos se presentarán con un mínimo de tres (03) Carreras Profesionales y un máximo de cinco (05) carreras profesionales”; Que, el artículo 10° del Reglamento establece: “El procedimiento para la Autorización de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a trámite, tiene cuatro (4) Fases: 1. Evaluación para la aprobación del Proyecto de Desarrollo Institucional; 2. Implementación Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional Aprobado, 3. Verifi cación de la Implementación Inicial, 4. Autorización del funcionamiento provisional de la universidad, (el subrayado y sombreado es nuestro); Que, el artículo 19° del Reglamento, establece: “… Admitida a trámite la solicitud para Autorización Provisional de Funcionamiento, el Pleno del CONAFU designará la Comisión encargada de la califi cación del Proyecto de Desarrollo Institucional, la misma que será presidida por un consejero e integradas por dos (02) docentes principales o asociados debidamente capacitados en Evaluación de Instituciones Educativas”; Que, por Escrito s/n recibido con fecha 23 de diciembre de 2009, el señor Martín Narciso García Vallejo, en calidad de Presidente del Consejo Directivo de la Promotora Centro Evangélico de Apoyo Pedagógico - CEAP, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional para la creación de la Universidad Diego Thomson, solicitando su aprobación y autorización por parte del CONAFU; Que, por Resolución Nº 247-2010-CONAFU de fecha 13 de mayo de 2010, se resuelve: Admitir a Trámite la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Universidad Diego Thomson, con las siguientes carreras profesionales: 1) Educación Primaria Intercultural Bilingüe, 2) Administración y Gestión de Empresas, 3) Ingeniería de Computación y Sistemas, 4) Economía Empresarial y Desarrollo Social, bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, por Resolución Nº 122-2011-CONAFU de fecha 16 de marzo de 2011, se resuelve: Reconformar la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Diego Thomson, la misma que estará integrada por los siguientes profesionales: Dr. Jorge Arturo Benites Robles, Dr. Luís Fernando Briceño Contreras y el Dr. Guillermo Bernabé Barrantes Reyes, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, mediante Ofi cio Nº 016-2011-CONAFU-JABR recibido de fecha 16 de mayo de 2011, la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Diego Thomson, designada mediante Resolución Nº 122-2011- CONAFU, presenta su respectivo Informe Preliminar; Que, por Ofi cio Nº 848-2011-CONAFU-P de fecha 19 de mayo de 2011, la Presidenta del CONAFU remite al Responsable del Proyecto de Universidad Diego Thomson copia del Informe Preliminar de la Evaluación del Proyecto de Universidad Diego Thomson, realizado por la Comisión Califi cadora, otorgándole un plazo de quince (15) días hábiles, para que cumpla con levantar las observaciones indicadas en el referido Informe; Que, mediante Escrito P-UDT-022-2011 recibido de fecha 03 de junio de 2011, el Responsable del Proyecto de Universidad Diego Thomson, solicita a la Presidenta del CONAFU un plazo de 90 días para el levantamiento de las observaciones del Informe Preliminar de su Proyecto de Desarrollo Institucional; Que, por Ofi cio Nº 994-2011-CONAFU-P de fecha 07 de junio de 2011, la Presidenta del CONAFU comunica al Responsable del Proyecto de Universidad Diego Thomson, que en virtud a la Ley Nº 27444, Art. 136º numeral 136.2, otorga a la universidad un plazo de noventa (90) días hábiles, a fi n de que cumpla con levantar las observaciones del Informe Preliminar del PDI; Que, por Resolución Nº 532-2011-CONAFU de fecha 04 de noviembre de 2011, se resolvió: Declarar Improcedente la solicitud de ampliación de plazo presentada por el Proyecto de Universidad Diego Thomson y requerir al Proyecto Universitario a cumplir con el levantamiento de las observaciones advertidas en el Informe Preliminar del PDI; Que, mediante Escrito P-CP/UDT N° 040-2011 recibido de fecha 05 de diciembre de 2011, el Responsable del Proyecto de Universidad Diego Thomson, remite el Informe de Levantamiento de Observaciones del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Diego Thomson, solicitando su aprobación y autorización por parte del CONAFU; Que, por Resolución Nº 003-2012-CONAFU de fecha 03 de enero de 2012, se resolvió: Reconformar la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Diego Thomson, la misma que estará integrada por los siguientes profesionales: Dr. Jorge Arturo Benites Robles, Dra. Ludovina Gutiérrez Castro y el Dr. Guillermo Bernabé Barrantes Reyes, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, mediante Ofi cio N° 015-2012-CONAFU-JABR recibido con fecha 13 de marzo de 2012, el Presidente de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Diego Thomson, cumple con presentar el Informe Final correspondiente a la evaluación del expediente, recomendando aprobar el PDI presentado por la promotora; Que, el artículo 29º inciso a) del Reglamento, establece: “Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora con todas las carreras propuestas, b) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las carreras profesionales que hayan alcanzado puntaje aprobatorio...”; Que, mediante Ofi cio Nº 414-2012-CONAFU-CDAA recibido con fecha 10 de abril de 2012, la Comisión Académica dio a conocer al Pleno del CONAFU que la Comisión Califi cadora remite el Informe Final del PDI del Proyecto Universidad Diego Thomson, nombrada mediante Resolución Nº 003-2012-CONAFU, revisado el expediente, la Comisión Académica sugiere al Pleno del CONAFU la recomendación fi nal de la Comisión Califi cadora siendo la siguiente: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Diego Thomson, presentado por la Promotora respectiva, por haber alcanzado el puntaje mínimo establecido, conforme al artículo 27 de la Resolución N° 387-2009-CONAFU; Que, el artículo 30º del Reglamento, establece: “Presentado el Informe Final por la Comisión Califi cadora acompañando con la segunda versión completa del PDI evaluado, éste a través de la presidencia será puesto a conocimiento del Pleno. El Pleno del CONAFU analizando, el Informe Final de la Comisión Califi cadora, se pronunciará con respecto al Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando o desaprobando el proyecto de la universidad”; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de abril de 2012, el Pleno del CONAFU después de deliberar, mediante Acuerdo Nº 245-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Diego Thomson, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Educación Primaria Intercultural Bilingüe, 2) Administración y Gestión de Empresas, 3) Ingeniería de Computación y Sistemas, 4) Economía Empresarial y Desarrollo Social, organizada como una Asociación Civil sin Fines de Lucro y bajo Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales: … d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Diego Thomson, presentado por el señor Martín Narciso García Vallejo, Presidente del Consejo Directivo de la Promotora Asociación Centro Evangélico de Apoyo Pedagógico - CEAP, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Educación Primaria Intercultural Bilingüe, 2) Administración