Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2012 (28/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 28 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

467041

el Expediente N° 4984-2008.TC; sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa AIRCRAFT SERVICE SKORPIO E.I.R.L., por supuesta responsabilidad en haber dado lugar a resolucion de contrato por causal atribuible al mismo en el MORDAZA de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 033-2008/CEP/ DIRAVPOL-PNP (Primera Convocatoria); y atendiendo a los siguientes:" DEBE DECIR: "Visto en sesion de fecha 27 de MORDAZA de 2012 la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente N° 4894-2008.TC; sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa AIRCRAFT SERVICE SKORPIO E.I.R.L., por supuesta responsabilidad en haber dado lugar a resolucion de contrato por causal atribuible al mismo en el MORDAZA de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 033-2008/CEP/ DIRAVPOL-PNP (Primera Convocatoria); y atendiendo a los siguientes:" 3. Al respecto, debe tenerse presente que los errores materiales o aritmeticos contenidos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision. 4. En este sentido, corresponde que el Tribunal rectifique el indicado error material emitiendo el acto correspondiente, de conformidad con lo prescrito en el inciso 201.2) del articulo 201 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la intervencion de los Vocales Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun lo dispuesto en la Resolucion 1152012-OSCE/PRE, expedida el 09 de MORDAZA de 2012; y, en ejercicio de las facultades conferidas en los articulos 51 y 63 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo 1017, y los articulos 18 y 19 del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 789-2011-EF/10, analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad. LA SALA RESUELVE 1. Rectificar la Resolucion Nº 445/2012.TC-S1 de fecha 27 de MORDAZA de 2012, modificandose el parrafo introductorio, debiendo ser su redaccion la siguiente: "Visto en sesion de fecha 27 de MORDAZA de 2012 la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente N° 4894-2008.TC; sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa AIRCRAFT SERVICE SKORPIO E.I.R.L., por supuesta responsabilidad en haber dado lugar a resolucion de contrato por causal atribuible al mismo en el MORDAZA de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 033-2008/CEP/ DIRAVPOL-PNP (Primera Convocatoria); y atendiendo a los siguientes:" 2. Dejar subsistente en sus demas extremos la Resolucion Nº 445/2012.TC-S1 de fecha 27 de MORDAZA de 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 792441-3

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Disponen inscripcion de Octava y Novena Emision del Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Internacional del Peru S.A.A. ­ Interbank y el registro de los prospectos complementarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 036-2012-SMV/11.1 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente N° 2012007806, asi como el Informe Interno N° 271-2012-SMV/10.2 de fecha 12 de MORDAZA de 2012, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Conductas de Mercado; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 221, numeral 14, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, las empresas del sistema financiero pueden emitir y colocar instrumentos representativos de obligaciones, siempre que MORDAZA de su propia emision; Que, el articulo 232 de la MORDAZA mencionada precedentemente establece que para realizar la emision de instrumentos financieros que tengan la condicion de valores mobiliarios y que se emitan por oferta publica se debe contar previamente con la opinion favorable expedida por resolucion de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; Que, en virtud de la Resolucion SBS Nº 455-2008, de fecha 28 de febrero de 2008, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP opino favorablemente para la emision del "Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Internacional del Peru S.A.A. ­ Interbank" hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 200´000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Dolares Americanos) o su equivalente en Nuevos Soles; Que, con fecha 11 de MORDAZA de 2008, mediante Resolucion Directoral de Emisores Nº 107-2008EF/94.06.3 se aprobo el tramite anticipado, se inscribio el "Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Internacional del Peru S.A.A. ­ Interbank" hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 200´000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Dolares Americanos) o su equivalente en Nuevos Soles, y se dispuso el registro del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, con fecha 02 de marzo de 2012, Banco Internacional S.A.A. - Interbank solicito la inscripcion de los valores denominados "Octava Emision del Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Internacional del Peru S.A.A. ­ Interbank" hasta por un monto MORDAZA de emision de S/. 300, 000,000.00 (Trescientos Millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del prospecto complementario correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, en la misma fecha, Banco Internacional S.A.A. - Interbank solicito la inscripcion de los valores denominados "Novena Emision del Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Internacional del Peru S.A.A. ­ Interbank" hasta por un monto de S/. 300 000 000,00 (Trescientos Millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del prospecto complementario correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion de la documentacion presentada, se ha determinado que Banco Internacional S.A.A.

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