Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2012 (01/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de noviembre de 2012

concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, el numeral 2) del Articulo 14º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, el Articulo 44º del Decreto Supremo Nº 0242008-VIVIENDA y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 003-2010-VIVIENDA - Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, senala que, el Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios es el documento emitido por las municipalidades distritales y provinciales o por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en el ambito del Cercado, de sus respectivas jurisdicciones, en el cual se especifican los parametros de diseno que regulan el MORDAZA de edificacion sobre un predio MORDAZA, el que contiene zonificacion, alineacion de fachada, uso de los suelos permisibles y compatibles, coeficientes maximos y minimos de edificacion, porcentaje minimo de area libre, altura MORDAZA y minima de edificacion, retiros, area de lote normativo, densidad MORDAZA expresada en habitantes por hectarea, exigencia de estacionamiento para cada uno de los usos permitidos, calificacion de bien cultural inmueble, de ser el caso y fecha de emision; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que, mediante Ordenanza Nº 912 publicada el 03.03.2006, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo de un Sector del distrito de MORDAZA de MORDAZA, conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana, indicando en las Disposiciones Transitorias que la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA remita a la Municipalidad Metropolitana, la propuesta de Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas; apruebe por Ordenanza Distrital el Plano de Alturas de Edificacion correspondiente a los predios con frente a ejes y sectores urbanos de nivel local del distrito de MORDAZA de Surco; formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, el Reglamento de Ubicacion de Actividades Urbanas y Cuadro de Niveles Operacionales para la localizacion de Actividades Urbanas en el distrito; Que, agrega la Gerencia de Asesoria Juridica, que mediante Decreto de Alcaldia Nº 20-2011-MSS del 27.08.2011, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA aprueba el "Nuevo Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente al sector del distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana", la cual tuvo como base lo establecido por la Ordenanza Nº 912-MML; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que, el Articulo 33° del Reglamento de Edificaciones para uso de las Universidades, aprobado por la Resolucion Nº 08342012-ANR emitida por la Asamblea Nacional de Rectores, respecto a que las normas expedidas por los municipios no seran aplicables si se oponen a las establecidas en el citado reglamento, y siendo una MORDAZA de inferior nivel a la que aprueba los requisitos para la obtencion de la Licencia Municipal, resulta violatorio a la competencia municipal referidas a la regulacion de los parametros de diseno para la edificacion de predios urbanos, por lo que, concluye opinando por la procedencia de emitir una MORDAZA del mas alto nivel, que nos permita la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con la finalidad de declarar la inaplicacion de la Resolucion Nº 0834-2012ANR, disponiendo asimismo la autorizacion al Procurador Publico Municipal para que inicie las acciones legales necesarias para declarar su ilegalidad por vulnerar las competencias constitucionales y legales de los gobiernos locales; Que, en sesion conjunta de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Juridicos de fecha 25.09.2012, los regidores integrantes de las citadas Comisiones consideraron que el proyecto de Ordenanza presentado, no resulta ser el instrumento legal idoneo para inaplicar la Resolucion Nº 0834-2012-ANR, al tenerse en cuenta lo expuesto por el Regidor senor MORDAZA MORDAZA Lombardi, quien indico: - En el MORDAZA juridico constitucional, la facultad de declarar inaplicables normas juridicas conforme a lo que establece el Articulo 138° de nuestra Constitucion Politica, solo se encuentra reservada para aquellos organos constitucionales que, como el Poder Judicial, el MORDAZA Nacional de Elecciones o el propio Tribunal Constitucional, ejercen funciones jurisdiccionales en las materias que les corresponden y no para los organos de naturaleza o competencias eminentemente administrativas. Por consiguiente, si bien resulta inobjetable que cualquier

poder publico u organismo descentralizado tiene facultad para interpretar la Constitucion y por ende, para aplicarla en los casos que corresponda, no pueden, en cambio, arrogarse una potestad, como la de declarar inaplicables normas inconstitucionales, que la Constitucion no les ha conferido de modo expreso e inobjetable. En ese sentido, la emision de la Ordenanza en los terminos planteados por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, significaria que el Concejo Municipal arrogue indebidamente competencias de control concentrado y/o difuso de normas que no le corresponden; - El Codigo Procesal Constitucional, ha establecido como garantia constitucional, el MORDAZA de Accion Popular, que seria el mecanismo adecuado para que se declare la inaplicacion de la Resolucion Nº 0834-2012-ANR, por lo que corresponde, en concordancia con lo indicado por la Gerencia de Asesoria Juridica, que el Concejo Municipal, autorice al Procurador Publico Municipal, el inicio de una accion popular contra la Resolucion Nº 0834-2012-ANR, por vulnerar las competencias constitucionales y legales asignadas a los Gobiernos Locales; - Finalmente como manifestacion politica de voluntad institucional, podria tomarse un Acuerdo de Concejo, en tanto este constituye una expresion de voluntad del Concejo para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional, que rechace la Resolucion Nº 0834-2012-ANR, por contravenir las competencias municipales; Estando al Dictamen Nº 015-2012-CDL-CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Juridicos, al Informe Nº 670-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 9º numeral 23) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, adopto por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Municipal, a efectos que inicie las acciones legales correspondientes para que se declare la ilegalidad de las Resoluciones Nros. 0834-2012-ANR y 0282-2011ANR publicadas en el diario oficial El Peruano con fechas 02.08.2012 y 01.04.2011 respectivamente y demas normas emitidas por la Asamblea Nacional de Rectores que se opongan a las competencias constitucionales y legales de las Municipalidades. Articulo Segundo.- RECHAZAR las Resoluciones Nros. 0834-2012-ANR y 0282-2011-ANR publicadas en el diario oficial El Peruano con fechas 02.08.2012 y 01.04.2011 respectivamente, emitidas por la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo Tercero.- RATIFICAR que las normas aplicables en los tramites de Licencia de Construccion en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, son principalmente el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones, la Ordenanza Nº 912 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y el Decreto de Alcaldia Nº 020-2012-MSS de fecha 27.08.2011 que aprobo el "Nuevo Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente al sector del distrito de MORDAZA de MORDAZA, conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana". Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, haga de conocimiento a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a las Municipalidades distritales y a la Asamblea Nacional de Rectores ­ ANR el presente Acuerdo. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Sexto.- DISPONER que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, informe al Concejo Municipal, por los MORDAZA correspondientes, el inicio de tramites administrativos, por parte de terceros, amparados en las Resoluciones Nros. 0834-2012-ANR y 0282-2011ANR. Registrese, comuniquese, publiquese, y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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