Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2012 (01/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

477827

VISTOS: El Dictamen de los regidores integrantes de la Comision de Asuntos Legales, el Informe Nº 288-2012­GAJ-MDC de fecha 17 de octubre de 2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 122-2012-SGDC-GDUR-MDC de fecha 18 de octubre de 2012 de la Subgerencia de Defensa Civil y el Proveido Nº 262-1-2012-GM-MDC de fecha 17 de octubre de 2012 de la Gerencia Municipal, sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de Cieneguilla. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a merito del numeral 12) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal aprobar por ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal; Que, el Concejo Municipal del distrito de Cieneguilla, requiere de un Reglamento que precise su regimen interior acorde con la normatividad correspondiente, donde se defina su organizacion y funcionamiento, establezca los derechos y deberes de los miembros, asi como el desarrollo de las sesiones de concejo a fin de hacerlo mas expeditivo y agil en sus decisiones; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; y con la aprobacion UNANIME de los senores regidores, miembros integrantes del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente:

de 2012 de la Gerencia Municipal, sobre el proyecto de Ordenanza que establece Beneficios de Regularizacion Tributarias y Administrativa en el distrito de Cieneguilla. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo, el articulo 74º senala que en materia tributaria pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion, y con los limites que senala la Ley; Que, los numerales 1) y 2) del articulo 69º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades senala que son rentas municipales los tributos creados por ley a su favor, como las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos, los cuales son creados por su concejo municipal y que constituyen sus ingresos propios; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953 establece en el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV: MORDAZA de Legalidad ­ Reserva de Ley del Titulo Preliminar que "Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley", asi como en su articulo 41º donde senala que "Excepcionalmente, los Gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo"; Que, el inciso b) del MORDAZA parrafo del articulo 60) de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 776º indica que "Para la supresion de tasas y contribuciones las Municipalidades no tienen ninguna limitacion legal", por lo que las Municipalidades pueden crear, modificar, y suprimir contribuciones o tasas y otorgar exoneraciones, dentro de los limites que fije la ley; Que, de acuerdo al analisis efectuado por la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, existe un alto porcentaje de morosidad entre los contribuyentes del distrito, debido, entre otros factores a la situacion economica que atraviesa el MORDAZA, por lo que los administrados no han podido cumplir con cancelar sus deudas por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias; siendo necesario brindar de manera excepcional las facilidades que de acuerdo a las facultades del concejo puedan otorgar, a efectos de que los administrados cumplan con regularizar el pago de sus obligaciones tributarias y subsanen las faltas tributarias en que hubieran incurrido; Que, asimismo existen multas administrativas impuestas por diversas infracciones a las normas municipales, calificadas por el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas y el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones, por lo que es necesario brindar las facilidades a efecto que los infractores, regularicen su situacion pagando con algun beneficio y resarciendo las infracciones cometidas; Que, si bien no constituye una politica de la actual gestion municipal, el otorgar beneficios de regularizacion tributaria y administrativa, por generar estos un incentivo al no pago oportuno de los tributos e incrementar el indice de morosidad, es tambien MORDAZA que la Entidad no puede ser ajena a la realidad senalada; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; y con la aprobacion UNANIME de los senores regidores, miembros integrantes del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA
Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Cieneguilla, el cual consta de 6 (seis) Titulos, 13 (trece) Capitulos, 5 (cinco) Subcapitulos, 83 (ochenta y tres) Articulos, 5 (cinco) Disposiciones Complementarias y 1 (una) Disposicion Final y Transitoria, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Articulo Segundo.- DEROGUESE cualquier MORDAZA municipal que se oponga al presente Reglamento. Articulo Tercero.- DISPONGASE que Secretaria General efectue la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla. gob.pe) y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la adecuada difusion de la misma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

861561-1

Establecen beneficios de regularizacion de deudas tributarias y administrativas en el distrito
ORDENANZA Nº 166-2012-MDC
Cieneguilla, 26 de octubre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTOS: El Informe Nº 204-2012­GATR-MDC de fecha 24 de octubre de 2012 de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, el Informe Nº 284-2012-GAJ-MDC de fecha 25 de octubre de 2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Proveido Nº 265-2012-GM-MDC de fecha 25 de octubre

ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS DE REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA
Articulo Primero.- OBJETO ESTABLECER, de manera EXCEPCIONAL el regimen de Beneficios de Regularizacion de Deudas Tributarias y Administrativas, respecto a incentivar el pago voluntario de las deudas ante la municipalidad; asi como de la MORDAZA y regularizacion de la Declaraciones

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