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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de noviembre de 2012 477826 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 020 de fecha 15 de mayo del 2012 el Concejo Municpal del Distrito de Ate acordó aceptar la donación efectuada por la Institución ROTARY CLUB OSHKOSH ROTARY SOUTHWEST WISCONSIN USA a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, de una máquina Procesadora de Leche de Soya “SOY MILK SYSTEM COMPRISING Vaca Mecánica”, valorizada en la suma de Doce mil ochocientos noventicinco y 00/100 Dólares Americanos (US$ 12,895.00, destinada a la población de extrema pobreza de la Comunidad Autogestionaria de Huaycán; Que, a través de la donacion efectuada por la Institución ROTARY CLUB OSHKOSH SOUTHWEST WISCONSIN USA, el distrito de Ate cuenta con el programa de “La Vaca Mecánica” que produce leche de soya de alta calidad, apta para el consumo humano. La Municipalidad de Ate distribuye este producto alimenticio a la poblacion de extrema probreza de la Comunidad Autogestionaria de Huaycán; en tal sentido se otorga las gracias y el Reconocimiento Institucional a Mr. BILL THIMKE, Director de ROTARY CLUB OSHKOSH SOUTHWEST WISCONSIN - USA, por su invalorable apoyo que favorecerá la alimentacion y la nutrición de los vecinos del distrito de Ate, y en especial a nuestra poblacion de Huaycán; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- EXPRESAR EL RECONOCIMIENTO INSTITUCIONAL; a Mr. BILL THIMKE, Director de ROTARY CLUB OSHKOSH SOUTH WEST WISCONSIN - USA, por su invalorable aporte en la alimentacion y nutrición de los vecinos del distrito de Ate. Artículo 2º.- DISPONER; por Secretaría General se ponga en conocimiento el presente Decreto al ilustre ciudadano señalado en el artículo 1º del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 860704-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Establecen incentivo de pago por la cancelación al contado o fraccionada de deudas tributarias vencidas hasta el Ejercicio 2012 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 273-MDCH Chaclacayo, 25 de octubre de 2012 VISTO: En Sesión de Concejo de fecha, el Informe Nº 0171-2012-GGM/MDCH de la Gerencia de General Municipal, el informe Nº 0236-2012/MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 084-2012- GATYR/MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Dictamen Nº 004-2012-CR/MDCH de la Comisión de Rentas de la Municipalidad de Chaclacayo, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de los gobiernos locales, otorgándoles potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley, en concordancia con la Norma IV, Principio de Legalidad – Reserva de la Ley del TUO del Código Tributario – Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de acuerdo al informe Nº 084-2012-GATYR/ MDCH la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas informa que procedió a la verifi cación del Sistema Integral Tributario, constatando que existen un gran número de contribuyentes que registran deudas tributarias desde el año 2000 hasta el año 2012; asimismo se procedió a la evaluación de los reajustes e intereses moratorios generados a la fecha concluyéndose que se generaría desmedro económico y/o imposibilidad de pago en las deudas de mayor antigüedad al contribuyente de exigirse el cumplimiento de pago sin un incentivo tributario. Por tal motivo considera que debido a la imposibilidad de pago de la deuda con los reajustes y moras generadas a la fecha, se debe de incentivar al contribuyente con los descuentos y/o condonaciones, proponiendo para ello un Proyecto de Ordenanza que establece el incentivo de pago por la cancelación al contado o fraccionada de deudas tributarias vencidas hasta el ejercicio 2012; Que, mediante el Dictamen Nº 004-2012-CR/MDCH e Informe Nº 0236-2012/MDCH-GAJ la Comisión de Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica son de opinión que es favorable para el distrito y por tanto viable que el Concejo Municipal apruebe la Ordenanza que establece el incentivo de pago por la cancelación de pago por la cancelación al contado o fraccionada de deudas tributarias vencidas hasta el ejercicio 2012; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL INCENTIVO DE PAGO POR LA CANCELACIÓN AL CONTADO O FRACCIONADA DE DEUDAS TRIBUTARIAS VENCIDAS HASTA EL EJERCICIO 2012 Artículo 1º.- APROBAR la ORDENANZA QUE ESTABLECE EL INCENTIVO DE PAGO POR LA CANCELACIÓN AL CONTADO O FRACCIONADA DE DEUDAS TRIBUTARIAS VENCIDAS HASTA EL EJERCICIO 2012 para el distrito de Chaclacayo, la misma que consta de siete (07) artículos y que como ANEXO forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la División de Ejecutoría Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza y su correcta difusión. Artículo 3º.- ENCÁRGUESE a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del texto completo de la presente ordenanza en la Página Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 861300-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal de Cieneguilla ORDENANZA Nº 164-2012-MDC Cieneguilla, 18 de octubre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA