Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2012 (01/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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el presente concejo municipal que se contraponga a lo dictado por la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban venta de inmueble de dominio privado de propiedad de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 085-2012-MDSM
San MORDAZA, 29 de octubre del 2012 VISTOS, en la sesion de concejo celebrada en la fecha, el memorando Nº 648-2012-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 464-2012-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el memorando Nº 1097-2012-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el memorando Nº 623-2012GDU/MDSM emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, informe Nº 260-2012-SGRRT-GRAT-MDSM emitido por la Subgerencia de Registro y Recaudacion, informe Nº 222012-EC/MDSM emitido por la Ejecutoria Coactiva y los informes Nº 172 y 175-2012-SGCP-GAF-MDSM emitidos por la Subgerencia de Control Patrimonial y el expediente tecnico organizado para el efecto en setenta y seis folios; y, CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional concordante con el articulo II de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que establece que, en efecto, los gobiernos locales gozan de autonomia y que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en coherencia con ello el articulo 195º de la carta constitucional establece que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, en concordancia con los articulos 55º y 59º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que establecen que el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autonoma, con las garantias y responsabilidades de ley, por lo que todo acto de disposicion debe ser de conocimiento publico y cualquier transferencia de propiedad sobre bienes municipales realizarse a traves de subasta publica y los acuerdos que se adopten, puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, en un plazo no mayor de siete dias, bajo responsabilidad; Que, de acuerdo al articulo 9º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, los actos que realizan los gobiernos locales respecto de los bienes de su propiedad, se ejecutan conforme a su ley organica y a aquella y su reglamento en lo que fuera aplicable, y que basta con la obligacion de remitir a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales la informacion pertinente para su registro en el sistema de informacion nacional de bienes estatales, es asi que a traves de la Ordenanza Nº 235-MDSM se aprueba el reglamento de subasta publica para la venta de bienes inmuebles de dominio privado de propiedad de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en procura de una eficiente gestion del portafolio inmobiliario municipal optimizando el valor de sus predios, considerando el uso economico y social de los mismos y atendiendo a los fines y objetivos institucionales; Que, el articulo 2º de dicha ordenanza precisa que el reglamento de subasta publica aprobado, es aplicable a la venta real y/o a cualquier acto de enajenacion MORDAZA que implique la traslacion de dominio de un bien inmueble de dominio privado de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA a otra persona natural o juridica, ademas en el articulo 5º se exige que mediante acuerdo de concejo se determine e individualice el bien o bienes inmuebles, a subastar, los cuales deben encontrarse registrados y libres de toda carga o afectacion, procurandose el mejor valor comercial; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 066-2011MDSM se declara la libre disponibilidad del predio

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 332-MDSMP , mediante la cual se otorgan beneficios extraordinarios de regularizacion tributaria y no tributaria de deuda sujeta a cobranza coactiva
DECRETO DE ALCALDIA Nº 018-2012-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 26 de octubre del 2012. EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Informe Nº 055-2012-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administracion Tributaria de la entidad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 332-MDSMP (12. OCTUBRE.2012), publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13.OCTUBRE.2012, se otorga beneficios extraordinarios de regularizacion tributaria y no tributaria de la deuda sujeta a Cobranza Coactiva; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe de Visto se considera necesario la ampliacion de dichos beneficios, vista la afluencia de administrados que vienen apersonandose a regularizar la situacion de sus adeudos en cobranza coactiva y la existencia de compromisos de pagos en fechas posteriores a la vigencia de la prorroga establecida en el parrafo anterior; asi como por la necesidad planteada por muchos vecinos del distrito de ampliar el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 332-MDSMP, con la finalidad de poder acogerse a los beneficios que se vienen brindando; Que, la Tercera Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza mencionada faculta al Senor MORDAZA a dictar las medidas reglamentarias que MORDAZA necesarias para su mejor aplicacion, asi como para la prorroga de su vigencia; por lo que corresponde emitirse la respectiva disposicion municipal, existiendo la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica (Informe Nº 588-2012-GAJ/MDSMP); De conformidad con los articulos 20º, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, asi como la Tercera Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 332-MDSMP; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento dispuesto en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 332-MDSMP (12.OCTUBRE.2012) hasta el 15.NOVIEMBRE.2012. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion y Finanzas, asi como a las Subgerencias respectivas; y su publicacion a la Secretaria General. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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