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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de noviembre de 2012 477822 desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralización; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las atribuciones conferidas por la constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902; Ley Nº 28968 y demás normas complementarias; el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR, la Creación de la Ofi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad – OREDIS del Gobierno Regional de Ayacucho, y su implementación progresiva de acuerdo al alcance administrativo, legal y presupuestal. Artículo Segundo.- CONSIDERAR, la inclusión de la Ofi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad – OREDIS, como Unidad Orgánica Adscrita a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en el proceso de Reestructuración del Gobierno Regional de Ayacucho, en el marco de la modernización del Estado. Artículo Tercero.- DISPONER, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la asignación de presupuesto de acuerdo a Ley de creación de la Ofi cina Regional de Atención a Personas con Discapacidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, la Reglamentación de la presente Ordenanza Regional a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho, acorde con las normas legales vigentes, que será aprobado por Decreto Regional. Artículo Quinto.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, realice los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región de Ayacucho, el Diario Ofi cial El Peruano, y Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho, para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 31 días del mes de julio del año dos mil doce. VÍCTOR DE LA CRUZ EYZAGUIRRE Presidente del Consejo Regional Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en Ayacucho, en la sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 31 días del mes de julio del año dos mil doce. WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ Presidente 861294-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2012-GRSM/CR Moyobamba, 19 de setiembre del 2012 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modifi catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica-fi nanciera un pliego presupuestal; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la presente Ley regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo defi ne las normas que regula la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el inciso c) del artículo 35º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización establece como competencia exclusiva aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el numeral 9.2 del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización establece que la autonomía administrativa de gobierno es la facultad de organizarse internamente, reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el artículo 2º de la Ordenanza Regional Nº 037- 2010-GRSM/CR, publicada el 19 de diciembre del 2010, aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martín; Que, por ende, resulta necesario modifi car el Cuadro para Asignación de Personal del Gobierno Regional de San Martín de modo tal que se encuentre en concordancia con el nuevo Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 023-2005- CRSM/CR de 14 de noviembre del 2005, se aprobó el Cuadro para la Asignación de Personal – CAP 2005 de la Sede Central y Ofi cinas Zonales de San Martin – Tarapoto, Mariscal Cáceres – Juanjui y Tocache del Gobierno Regional de San Martín; Que, adicionalmente, se ha considerado conveniente aprobar un Clasifi cador de Cargos toda vez que el Gobierno Regional de San Martín no cuenta con dicho instrumento, siendo importante que todos los cargos al interior de la institución se encuentren debidamente ordenados y clasifi cados según las funciones, requisitos y niveles de responsabilidad que le corresponden; Que, con Nota Informativa Nº 021-2012-GRSM/ GRPyP de fecha 15 de marzo de 2012 la Sub gerencia de Racionalización sustenta las modifi caciones planteadas al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) elaborado, así como la propuesta de Clasifi cador de Cargos para el personal del Gobierno Regional; Que, mediante Informe Legal Nº 555-2012-GRSM/ ORAL, de fecha 16 de marzo del presente año, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal opina favorablemente respecto de la emisión de una ordenanza regional que apruebe la modifi cación del Cuadro para la Asignación de Personal del Gobierno Regional de San Martín, razón por la cual considera pertinente que lo actuado sea remitido al Consejo Regional para su respectiva aprobación; Que, conforme a lo previsto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el Cuadro para Asignación de Personal contiene la correcta defi nición de los cargos y plazas orgánica que se prevén como necesarias para el normal funcionamiento de la entidad a partir de la estructura orgánica aprobada en su Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las Entidades