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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (21/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de setiembre de 2012 474856 aplicándose contra el impuesto bruto con anterioridad a la aplicación del saldo a favor del exportador. Segunda.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Tercera.- Vigencia El presente decreto supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 844404-1 EDUCACION Aceptan donación que será destinada al financiamiento del proyecto “Monitoreo de Gestión en Educación Pública” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0362-2012-ED Lima, 20 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, mediante Resolución Ministerial Nº 0642-2011-ED, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2012 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 487 890 385.00), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 69 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en adelante la Ley, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; asimismo, dispone que dicha Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, el artículo 38 de la Ley establece que los montos y las fi nalidades de los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público sólo podrán ser modifi cados durante el ejercicio presupuestario, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en el Subcapítulo III Modifi caciones Presupuestarias del Capítulo IV Ejecución Presupuestaria del Título II El Proceso Presupuestario de la Ley; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones ofi ciales de crédito que se produzcan durante el año fi scal; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso ii) del numeral 19.2 del artículo 19 de la Directiva Nº 005-2010- EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 030-2010- EF/76.01 y modifi cada por la Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, son procedentes las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley, cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias para lo cual se utiliza el Modelo Nº 04/GN contenido en la Directiva en mención; Que, la Fundación Bernard van Leer, mediante Carta de Donación N° 015-2012-MINEDU se comprometió a entregar al Ministerio de Educación la suma de DOSCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 280 600.00) en calidad de donación con el objeto de fi nanciar el proyecto “Monitoreo de Gestión en Educación Pública”; Que, mediante el Memorando Nº 529-VMGI-OCI- 2012, la Oficina de Cooperación Internacional comunicó a la Unidad de Administración Financiera de la Oficina General de Administración el depósito, que en calidad de donación, realizó la Fundación Bernard van Leer adjuntando a este documento copia de la Foreign Exchange Spot/Forward Confirmation alcanzado por la mencionada fundación y en el que se da cuenta del depósito efectuado en la cuenta del Ministerio de Educación – Sede Central ascendente a DOSCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 280 600.00); Que, mediante Memorando N° 1470-2012- MINEDU/SG/OGA/UAF la Unidad de Administración Financiera de la Oficina General de Administración comunicó a la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica el depósito al que se hace referencia en el considerando precedente a fin que se proceda a efectuar la incorporación presupuestal correspondiente; Que, mediante el Memorando N° 0650-2012-MINEDU/ SPE-PLANMED-UPRO la Unidad de Programación de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa de la Secretaría de Planifi cación Estratégica solicita a la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica la incorporación de la donación dineraria efectuada por la Fundación Bernard van Leer y la creación del correlativo de cadena en la Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación – Sede Central; Que, mediante el Informe Nº 242-2012-MINEDU/ SPE-UP la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica opina que es procedente aprobar la incorporación de los mayores recursos provenientes de la donación dineraria efectuada por la Fundación Bernard van Leer, en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2012, hasta el monto total de DOSCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 280 600.00) por la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias; y, De conformidad con la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación y la Directiva Nº 005-2010- EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 030-2010- EF/76.01 y modifi cada por la Resolución Directoral Nº 022- 2011-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptación Aceptar la donación dineraria efectuada por la Fundación Bernard van Leer, hasta por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 280 600.00) para el fi nanciamiento del proyecto “Monitoreo de Gestión en Educación Pública”, en el marco de la Carta de Donación N° 015-2012- MINEDU. Artículo 2.- Agradecimiento Agradecer a la Fundación Bernard van Leer por la donación efectuada. Artículo 3.- Incorporación de mayores fondos Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2012, correspondientes a la donación dineraria efectuada por la Fundación Bernard van Leer, hasta por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS Y 00/100