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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (15/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Lunes 15 de abril de 2013 492901 fecha 28 de febrero de 2007, adscrita a la Facultad de Ingeniería. 2. Creación de Segundas Especialidades • Segunda Especialidad en Educación: Aplicación de las TICs al PEA. Tecnologías Informáticas de Software Educativo y E-Learning, aprobada por Resolución Nº 073- 2012-USAT-R, de fecha 27 de febrero de 2012. • Segunda Especialidad en Educación: TIC Aplicada al Proceso de Enseñanza Aprendizaje, aprobada por Resolución Nº 030-2010-USAT-R, de fecha 30 de abril de 2010. • Segunda Especialidad en Educación: Didáctica de la Matemática y Comunicación, aprobada por Resolución Nº 123-2010-USAT-R, de fecha 18 de junio de 2012. • Segunda Especialidad en Estimulación Oportuna, aprobada por Resolución Nº 164-2012-USAT-R, de fecha 15 de agosto de 2012. • Segunda Especialidad de Enfermería en Salud Comunitaria, aprobada por Resolución Nº 024-2012- USAT-R, de fecha 27 de enero de 2012. • Segunda Especialidad en Odontopediatría, aprobada por Resolución Nº 001-2013-USAT-R, de fecha 08 de enero de 2013. • Segunda Especialidad en Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial, aprobada por Resolución Nº 011-2013-USAT- R, de fecha 24 de enero de 2013. 3. Creación de Programas Académicos de Posgrado • Maestría en Bioética y Biojurídica, aprobada por Resolución Nº 016-2011-USAT-R, de fecha 21 de marzo de 2011. • Maestría en Derecho de Familia y de la Persona, aprobada por Resolución Nº 096-2012-USAT-R, de fecha 09 de mayo de 2012. • Maestría en Informática Educativa y Tecnologías de la Información y Comunicación, aprobada por Resolución Nº 0127-2012-USAT-R, de fecha 18 de junio de 2012. • Maestría en Formación Directiva y Gobierno de las Personas, aprobada por Resolución Nº 0214-2012-USAT- R, de fecha 30 de noviembre de 2013. • Maestría en Educación: Antropología, Familia y Gestión, aprobada por Resolución Nº 014-2013-USAT-R, de fecha 30 de enero de 2013. • Maestría en Derecho y Empresa, aprobada por Resolución Nº 015-2013-USAT-R, de fecha 30 de enero de 2013. 4. Cambio de Denominación de Programas Académicos de Posgrado • Maestría en Dirección de Empresas, aprobada por Resolución Nº 989-2009-ANR, de fecha 05 de setiembre de 2009, se denominará Maestría en Administración y Dirección de Empresas, denominación que fue aprobada por Resolución Nº 080-2010-USAT-R, de fecha 07 de octubre de 2010. Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite los informes de vistos, de los cuales expresa que la documentación remitida por la Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo, con sede en la ciudad de Chiclayo, ha sido elaborada respectando las disposiciones previstas en los artículos 23º, 24º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación de Escuelas Profesionales, Segundas Especialidades, Maestrías y cambio de denominación de un programa académico de Maestría, por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores, en vía de regularización, emita el acto resolutivo correspondiente; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone emitir, en vía de regularización, una resolución declarando que la Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo, con sede en la ciudad de Chiclayo ha cumplido con las disposiciones vigentes, respecto a la creación y funcionamiento de escuelas profesionales, segundas especialidades y Maestrías; Estando a la autorización de la Alta Dirección, y; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar, en vía de regularización, que la Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo, con sede en la ciudad de Chiclayo, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23º, 24º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de Escuelas Profesionales, Segundas Especialidades y Maestrías; quedando en consecuencia aprobadas para su implementación: I. Escuelas Profesionales: 1. Facultad de Medicina • Escuela Profesional de Odontología. • Escuela Profesional de Medicina Humana. 2. Facultad de Ingeniería • Escuela Profesional de Ingeniería Civil Ambiental. • Escuela Profesional de Ingeniería Naval. • Escuela Profesional de Ingeniería Energética. 3. Facultad de Ciencias Empresariales • Escuela Profesional de Administración Hotelera. II. Segundas Especialidades: • Segunda Especialidad en Educación: Aplicación de las TICs al PEA. Tecnologías Informáticas de Software Educativo y E-Learning. • Segunda Especialidad en Educación: TIC Aplicada al Proceso de Enseñanza Aprendizaje. • Segunda Especialidad en Educación: Didáctica de la Matemática y Comunicación. • Segunda Especialidad en Estimulación Oportuna. • Segunda Especialidad de Enfermería en Salud Comunitaria. • Segunda Especialidad en Odontopediatría. • Segunda Especialidad en Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial. III. Programas Académicos de Posgrado: • Maestría en Bioética y Biojurídica. • Maestría en Derecho de Familia y de la Persona. • Maestría en Informática Educativa y Tecnologías de la Información y Comunicación. • Maestría en Formación Directiva y Gobierno de las Personas. • Maestría en Educación: Antropología, Familia y Gestión. • Maestría en Derecho y Empresa. Artículo 2º.- Autorizar el cambio de denominación de la Maestría en Dirección de Empresas, aprobada por Resolución Nº 989-2009-ANR, por la de “Maestría en Administración y Dirección de Empresas”; en vista de que la citada casa superior de estudios ha cumplido con la normativa prevista en artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Aprobar el registro correspondiente en la Asamblea Nacional de Rectores de lo resuelto en los artículos precedentes, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley.