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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (25/04/2013)

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TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Jueves 25 de abril de 2013 493527 General de Educación; y el Decreto Supremo Nº 006- 2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 014-2013- MINEDU/VMGP-DIGEDIE, denominada “Normas y Orientaciones para la Cogestión del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Directiva a la Dirección General de Desarrollo de las Instituciones Educativas, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Artículo 3.- Disponer que la Ofi cina de Prensa publique la presente Resolución Ministerial y la Directiva aprobada en el artículo 1 precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/ normatividad/). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 929299-4 ENERGIA Y MINAS Otorgan a favor de la Empresa Eléctrica Nueva Esperanza S.R.L. concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2013-EM Lima, 24 de abril de 2013 VISTO: El Expediente N° 14302811 sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado por la Empresa Eléctrica Nueva Esperanza S.R.L., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11956939 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Nueva Esperanza - S.E. Zorritos, ubicada en el distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, respectivamente, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral N° 498-2006- MEM/AAE de fecha 23 de agosto de 2006, y los Informes Nº 108-2010-MEM-AAE/JOCW y 076-2008-MEM-AAE- NAE/KPV de la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de Construcción de una Planta Termoeléctrica a Gas Natural en la Región Tumbes donde se encuentra incluida la Línea de Transmisión; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 001-2012- MC que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 03 de abril de 2012, en su párrafo fi nal señala que respecto de los actos administrativos, las reglas procedimentales previstas en la referida norma se aplican a las solicitudes que se presenten con posterioridad a su publicación, por lo que la referida norma no se aplica al presente procedimiento; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 443-2012-DGE- DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a favor de la Empresa Eléctrica Nueva Esperanza S.R.L., la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Nueva Esperanza - S.E. Zorritos, ubicada en el distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: Salida / Llegada de la Línea Transmisión Tensión (kV) N° de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) SE Nueva Esperanza – S.E. Zorritos 220 01 0.22 25 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 410-2012 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Eléctrica Nueva Esperanza S.R.L., el cual consta de 19 cláusulas y 04 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 410-2012 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 929546-5