Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2013 (08/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013

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funcion, entre otros, velar por la correcta ejecucion presupuestaria de la entidad, asi como por la correcta utilizacion y administracion de los recursos del Despacho Presidencial, se considera pertinente delegar en aquella la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de sus funciones y facilitar la gestion presupuestaria del Pliego 011 Despacho Presidencial; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, Ley N° 28693 - Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria y el Decreto Supremo N° 066-2006-PCM - Reglamento de Organizacion y Funciones del Despacho Presidencial y su modificatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0822011-PCM; Con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica, de la Direccion General de Administracion y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegacion de Facultad Delegar en la Subsecretaria General de la Presidencia de la Republica, a propuesta de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion, dando cuenta de ello a la Secretaria General de la Presidencia de la Republica. Articulo 2°.- Derogacion Derogar, a partir de la fecha, la Resolucion del Jefe de la MORDAZA de Gobierno Nº 005-2006-DP/JCGOB del 30 de enero de 2006 y todos aquellos dispositivos que se opongan a la presente resolucion. Articulo 3°.- Comunicacion al Ministerio de Economia y Finanzas Remitase MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los (05) dias habiles siguientes a su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARANGUENA Secretaria General de la Presidencia de la Republica 971919-1

ORGANISMOS EJECUTORES DESPACHO PRESIDENCIAL
Delegan en la Subsecretaria General de la Presidencia de la Republica, la facultad de aprobar modificaciones presupuestales en el Nivel Funcional Programatico
RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Nº 019-2013-DP/SGPR MORDAZA, 6 de agosto de 2013 VISTO, el Informe Nº 017-2013-DP/OPP del 10 de MORDAZA de 2013 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Despacho Presidencial; CONSIDERANDO: Que, las normas que rigen el Sistema Nacional de Presupuesto posibilitan efectuar durante el respectivo ejercicio fiscal, modificaciones a los montos y finalidades de los creditos presupuestarios contenidos en el Presupuesto Institucional, ya sea en el nivel Institucional o en el Nivel Funcional Programatico; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF- y la Ley N° 28693 - Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria, establecen las normas para el MORDAZA presupuestario y financiero que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal; Que, el numeral 40.2 del articulo 40 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, teniendo en consideracion que la Subsecretaria General de la Presidencia de la Republica tiene por

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

4.

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