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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (08/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 48

El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013 500862 enero de 2013; informe Nº 89-2013-DGDAC, de fecha 20 de mayo de 2013; y memorando Nº 589-2013-SE, de fecha 27 de mayo de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones específi cas establecidas en los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores y asimismo es atribución de esta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios; Que, con ofi cios de vistos, teniendo en cuenta los alcances del considerando precedente, el Secretario General de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de carreras profesionales, maestrías, doctorados y segunda especialidad; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 15º del Estatuto, de fecha 22 de septiembre de 1984, de la citada casa superior de estudios su Escuela de Posgrado es la unidad académica encargada de planifi car, organizar y dirigir los estudios de segunda especialización, maestría y doctorado; Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emitió el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación, remitida por la citada universidad, que contiene sendas resoluciones de creación y organización de carreras profesionales, maestrías, doctorados y segunda especialidad, con sus respetivos planes curriculares, han sido estructuradas de conformidad con las disposiciones establecidas en los artículos 23º, 24º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, por lo que es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores, en vía de regularización, emita la resolución correspondiente; Que, mediante el memorando de vistos, la Secretaría Ejecutiva dispone emitir una resolución de acuerdo con lo informado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, respecto a la creación, organización y funcionamiento de carreras profesionales, maestrías, doctorados y segunda especialidad aprobados por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Estando a la autorización de la Alta Dirección, y; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar, en vía de regularización, que la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23º, 24º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos que imparte, así como en la organización de su estructura académica que comprende Facultades, Carreras Profesionales, Maestrías, Doctorados y Segunda Especialidad, quedando conformado de la siguiente manera: I. FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS • CARRERAS PROFESIONALES í Carrera Profesional de Administración í Carrera Profesional de Administración de Negocios Internacionales í Carrera Profesional de Turismo • MAESTRÍAS í Maestría en Administración de Personal í Maestría en Administración con mención en Gestión Empresarial í Maestría en Administración Pública í Maestría en Auditoría Administrativa í Maestría en Ciencias Administrativas í Maestría en Comercio Internacional í Maestría en Gestión Estratégica de Turismo í Maestría en Informática de Gestión í Maestría en Mercadotecnia • DOCTORADO í Doctorado en Ciencias Administrativas II. FACULTAD DE CIENCIAS BIOLÓGICAS • CARRERAS PROFESIONALES í Carrera Profesional de Ciencias Biológicas í Carrera Profesional de Genética y Biotecnología • MAESTRÍAS í Maestría en Biología Molecular í Maestría en Botánica Tropical í Maestría en Genética í Maestría en Hidrobiología y Pesquería í Maestría en Recursos Acuáticos con mención en Acuicultura í Maestría en Zoología III. FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES • CARRERA PROFESIONAL í Carrera Profesional de Contabilidad • MAESTRÍAS í Maestría en Banca y Finanzas í Maestría en Auditoría con menciones en: • Auditoría en la Gestión Empresarial • Auditoría en Gestión y Control Gubernamental í Maestría en Comercio Internacional y Aduanas í Maestría en Contabilidad con mención en Contabilidad de Gestión í Maestría en Política y Gestión Tributaria con menciones en: • Política y Sistema Tributario • Auditoría Tributaria • DOCTORADO í Doctorado en Ciencias Contables y Empresariales IV. FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS • CARRERA PROFESIONAL í Carrera Profesional de Economía • MAESTRÍAS í Maestría en Finanzas í Maestría en Economía de la Salud í Maestría en Economía con menciones en: • Desarrollo Empresarial y Regional • Finanzas • DOCTORADO í Doctorado en Economía V. FACULTAD DE CIENCIAS FÍSICAS • CARRERAS PROFESIONALES í Carrera Profesional de Física í Carrera Profesional de Ingeniería Mecánica de Fluidos