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El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013 500859 - Carrera Profesional de Enfermería, con funcionamiento en su sede central de Lima, y en su fi lial universitaria de la ciudad de Chincha. 7. Facultad de Estomatología, con la siguiente carrera profesional: - Carrera Profesional de Estomatología, con funcionamiento en su sede central de Lima, y en su fi lial universitaria de la ciudad de Chincha. 8. Facultad de Psicología y Trabajo Social, con las siguientes carreras profesionales: - Carrera Profesional de Psicología - Carrera Profesional de Trabajo Social. Con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Autorizar el cambio de denominación de la Facultad de Psicología y Ciencias Sociales por la de “Facultad de Psicología y Trabajo Social”; y la Facultad de Farmacia y Bioquímica por la de “Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímica” en vista de que la citada casa superior de estudios ha cumplido con la normativa prevista en artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Regístrese ofi cialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, lo resuelto en los artículos precedentes, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Artículo 4º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 970739-1 Disponen registrar diversos programas académicos de pre y posgrado presentados por la Pontificia Universidad Católica del Perú COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1032-2013-ANR Lima, 5 de julio de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Las cartas Nros. 067, 723, 724, 725, 726, 727, 728 y 729/2012-S, de fechas 25 de enero y 18 de abril de 2012, Nros. 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257 y 258/2013-S, de fecha 27 de febrero de abril de 2013, informe Nº 86-2013-DGDAC, de fecha 17 de mayo de 2013, memorando Nº 587-2013-SE, de fecha 27 de mayo de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones específi cas establecidas en los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores y asimismo es atribución de ésta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios; Que, por Resolución Nº 824-72-CONUP, de fecha 10 de marzo de 1972, el Consejo Nacional de la Universidad Peruana aprobó el funcionamiento del Programa Académico de Perfeccionamiento conducente a los grados de Magister y de Doctor, presentado por la Pontifi cia Universidad Católica del Perú, a partir del 1º de enero de 1972; Que, por Resolución Nº 725-2009-ANR, de fecha 22 de junio de 2009, la Asamblea Nacional de Rectores, declara que la Pontifi cia Universidad Católica del Perú, con sus respectivas Unidades Académicas, especialidades y menciones, Segunda Especialidad; así como las Maestrías y Doctorados en su Escuela de Posgrado, cumplen con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733; Que, por Resolución Nº 0277-2012-ANR, de fecha 16 de marzo de 2012, la Asamblea Nacional de Rectores, emitió pronunciamiento favorable sobre la creación y funcionamiento del Bachillerato y Licenciatura en Humanidades de la citada universidad, al haber cumplido con las disposiciones establecidas en la Ley Universitaria Nº 23733; Que, en cumplimiento de la normativa descrita en el primer considerando precedente, el Secretario General de la Pontifi cia Universidad Católica del Perú cursa las cartas de vistos, en las que remite la documentación correspondiente a la creación de menciones y especialidades en programas académicos de pregrado, así como de maestrías y doctorados en su Escuela de Posgrado, siendo estos los que a continuación se indican: 1. Creación de menciones en el Bachillerato y Licenciatura en Humanidades: - Estudios Latinoamericanos - Estudios Peruanos - Estudios Teóricos y Críticos - Lenguaje y Cultura Por Resolución N° 125/2013, de fecha 22 de febrero de 2013, se autoriza la remisión del expediente de creación de las menciones descritas en el numeral precedente a la ANR. 2. Creación de especialidades en la Facultad de Artes Escénicas: - Danza - Teatro - Música Estas las especialidades mencionadas fueron presentadas a la Asamblea Nacional de Rectores, en cumplimiento de la Resolución Rectoral N°124-2013, de fecha 22 de febrero de 2013. 3. Maestría en Sociología, por disposición de la Resolución Rectoral N° 134-2013, de fecha 22 de febrero de 2013, se autoriza la remisión del expediente de creación del citado programa académico a la ANR. 4. Maestría en Política y Gestión Universitaria, la cual fue presentada a la Asamblea Nacional de Rectores, en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Rectoral N° 136-2013, de fecha 22 de febrero de 2013. 5. Maestría en Energía, que por Resolución Rectoral N° 135-2013, de fecha 22 de febrero de 2013, se dispone elevar a la ANR el expediente de creación del mencionado programa académico. 6. Maestría en Educación, que por disposición de la Resolución Rectoral N° 130-2013, de fecha 22 de febrero de 2013, se autoriza la remisión del expediente de creación de la misma a la ANR.