Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2013 (08/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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el Rubro Curtiembre, entre el 01 de febrero y el 09 de agosto de 2013; Que, segun lo senalado en el Informe N° 011-2013OEFA/CTS, corresponde emitir el acto de administracion que determina la fecha en la que el OEFA asume las funciones de supervision, evaluacion y fiscalizacion en materia ambiental del Rubro Curtiembre de la Industria Manufacturera del Subsector Industria del PRODUCE; Que, en atencion a lo MORDAZA expuesto, en Sesion Ordinaria N° 021-2013 del 06 de agosto de 2013 el Consejo Directivo del OEFA --a traves del Acuerdo N° 040-2013-- acordo establecer que a partir del 09 de agosto de 2013 el OEFA asume las funciones de seguimiento, supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental del Rubro Curtiembre de la Industria Manufacturera del Subsector Industria del PRODUCE; Con los visados de la Secretaria General, de la Direccion de Supervision, de la Direccion de Evaluacion, y de la Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos; asi como de la Oficina de Administracion, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, modificada por la Ley N° 30011, el Decreto Supremo N° 009-2011-MINAM, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Literal n) del Articulo 8° y en el Literal n) del Articulo 15° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Determinar que a partir del 09 de agosto de 2013 el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA asume las funciones de seguimiento, supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental del Rubro Curtiembre de la Industria Manufacturera del Subsector Industria del Ministerio de la Produccion - PRODUCE. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Articulo 3°.- Encargar a la Secretaria General que solicite al Ministerio de la Produccion y al Ministerio del Ambiente la publicacion de la presente Resolucion en sus respectivos portales institucionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo 971794-1

El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013

de 2013, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 12 de MORDAZA de 2013, Molpack del Peru S.A. solicito a la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV la exclusion de sus acciones representativas del capital social con derecho a MORDAZA del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; Que, de la evaluacion realizada a la documentacion que sustenta la solicitud a la que se contrae la presente resolucion, se ha verificado que en Junta General de Accionistas de Molpack del Peru S.A. realizada el 28 de junio de 2013, se acordo por unanimidad solicitar la exclusion de las acciones representativas del capital social con derecho a MORDAZA de la referida sociedad; Que, al respecto, el articulo 37º, inciso a), de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y el articulo 19º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012-SMV/01 y sus normas modificatorias, establecen que la solicitud de exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion fundamentada de la Superintendencia del MORDAZA de Valores cuando la inscripcion de dicho valor se MORDAZA originado por propia voluntad del emisor; Que, en esa linea, se verifico que el 10 de septiembre de 2012 Molpack del Peru S.A. solicito la inscripcion de sus acciones representativas del capital social en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Dichos valores fueron inscritos mediante Resolucion de Intendencia General de Supervision de Conductas Nº 079-2012SMV/11.1; Que, de otro lado, el articulo 37° de la Ley del MORDAZA de Valores y el articulo 32° del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 009-2006-EF/94.10, disponen que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado, el presente caso se encuentra dentro de la causal de excepcion para realizar una Oferta Publica de Compra, contemplada en el articulo 37°, inciso c), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra por Exclusion, puesto que la solicitud de exclusion ha sido aprobada por la totalidad de los titulares de las acciones representativas del capital social de Molpack del Peru S.A.; Que, el articulo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas mediante Resolucion N° 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 20º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa y por el articulo 46°, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la exclusion de las acciones representativas del capital social con derecho a MORDAZA emitidas por Molpack del Peru S.A. del Registro Publico

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Disponen exclusion de acciones representativas del capital social con derecho a MORDAZA emitidas por Molpack del Peru S.A. del Registro Publico del MORDAZA de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 069-2013-SMV/11.1 MORDAZA, 2 de agosto de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente N° 2013026018, asi como el Informe Interno N° 737-2013-SMV/11.1 de fecha 01 de agosto

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