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El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013 500861 Aprueban percepciones económicas de miembros de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica de los Andes COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 1034-2013-ANR Lima, 5 de julio de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La Resolución Nº 0916-2013-ANR, de fecha 13 de junio de 2013; ofi cio Nº 0013-2013-UTEA-CRO/R, de fecha 27 de junio de 2013, y memorando Nº 740-2013-SE de fecha 07 de julio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 90º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, los Rectores de las universidades públicas y privadas constituyen la Asamblea Nacional de Rectores, cuyos fi nes son el estudio, la coordinación y orientación de las actividades universitarias del país; así como velar por la institucionalidad y autonomía universitaria; Que, la Ley Nº 26490 ampliada por la Ley Nº 27602, ha establecido como atribución de la Asamblea Nacional de Rectores intervenir universidades públicas y privadas ante graves irregularidades académicas, normativas y económicas; Que, mediante Resolución Nº 0898-2002-ANR, de fecha 22 de noviembre de 2002, se aprobó el Reglamento de las precitadas Leyes Nº 26490 y Nº 27602, el mismo en cuyo artículo 30º establece que el presupuesto necesario para el cumplimiento de las medidas de intervención es aprobado por el Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores e incluye las dietas, honorarios, remuneraciones y demás gastos que correspondan, precisándose que todo gasto en que incurra la ANR al ejecutar cualquier modalidad de intervención es asumido íntegramente por la Universidad objeto de la misma; Que, con Resolución Nº 0916-2013-ANR, de fecha 13 de junio de 2013, se declaró en confl icto de gobernabilidad a la Universidad Tecnológica de los Andes, designándose una Comisión Reorganizadora para la mencionada universidad, con el cese de autoridades, encargada de lograr la institucionalidad de la Universidad y garantice el normal funcionamiento de los órganos de gobierno por el plazo de dos años, precisando que dicha comisión dentro del proceso de intervención hará las veces de Consejo Universitario y de Asamblea Universitaria; el Presidente hará las veces de Rector, el Primer Vicepresidente de Vicerrector Académico y el Segundo Vicepresidente de Vicerrector Administrativo, de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, Leyes Nº 26490 y Nº 27602; Que, mediante ofi cio de vistos, el Presidente de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica de los Andes, expresa que habiéndose realizado la instalación de la citada comisión en mérito a la Resolución Nº 0916-2013-ANR, solicita a la Asamblea Nacional de Rectores, se precise la remuneración de los integrantes de la referida comisión, propuesta que fuera acordada por consenso en sesión de Consejo Universitario; Que, los miembros de la referida Comisión Reorganizadora son reconocidos docentes universitarios y destacados profesionales que tienen que desplazarse desde sus ciudades de residencia para radicar temporalmente en la ciudad de Abancay, sede de la Universidad Tecnológica de los Andes, con la fi nalidad de cumplir con la labor encomendada por la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante memorando de vistos, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución por la que se fi jen las percepciones económicas de los miembros de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica de los Andes, designada mediante Resolución Nº 0916- 2013-ANR; Estando a la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las percepciones económicas de los miembros de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica de los Andes, designada mediante Resolución Nº 0916-2013-ANR, presidida por el Dr. Juan Vitaliano Rodríguez Pantigoso, e integrada por el Dr. Jorge Eduardo Villafuerte Recharte, y el Dr. Jorge Lescano Sandoval; conforme al siguiente detalle: • Presidente S/. (12 000,00) mensuales • Vicepresidente Académico S/. (11 000,00) mensuales • Vicepresidente Administrativo S/. (11 000,00) mensuales Artículo 2º.- Precisar que las percepciones económicas aprobadas por la presente resolución, así como los gastos de vivienda y alimentación de los miembros de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica de los Andes, serán asumidas íntegramente por la mencionada universidad, en aplicación del artículo 30º del Reglamento de las Leyes Nº 26490 y Nº 27602, aprobado mediante Resolución Nº 0898-2002-ANR. Artículo 3º.- Precisar, asimismo, que la Universidad Tecnológica los Andes, podrá implementar el pago de viáticos a favor de los integrantes de la referida Comisión Reorganizadora, en razón al desplazamiento realizado desde sus ciudades de residencia y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF y la Resolución Nº 0768-2013-ANR, que aprueba la Escala de Viáticos en Comisión de Servicios en el Territorio Nacional y la Directiva Nº 001-2013-ANR: “Normas y Procedimientos para Autorizaciones de Viajes Nacionales y Escala de Viáticos de la Asamblea Nacional de Rectores”. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a la Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica de los Andes, para que tomen las acciones necesarias en el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 970659-1 Declaran que la Universidad Nacional Mayor de San Marcos ha cumplido con la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos y la organización de su estructura académica COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1043-2013-ANR Lima, 15 de julio de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 02456-SG-2012-, de fecha 21 de septiembre de 2012, Nº 00004-SG-2013, de fecha 02 de