Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2013 (08/08/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013

500849
operacion y mantenimiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la empresa Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA S.A.; Que, en ese sentido, cabe senalar que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se encuentra comprendido en una controversia internacional de Inversion con la empresa Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA S.A., relacionada al Contrato de Concesion de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA, debido a la imposicion de penalidades por atraso en la culminacion de las obras de la primera etapa y atraso en el inicio de operacion de la primera etapa; Que, sobre el particular, el articulo 11 de la Ley N° 28933, establece, entre otros, que las Entidades Publicas con participacion no permanente en la Comision Especial, involucradas en una controversia, designaran a su representante y a un alterno mediante Resolucion del Titular de la Entidad en el plazo de dos (2) dias utiles contados a partir del dia siguiente de la convocatoria que realice el Presidente de la Comision Especial, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al representante; asi como, al representante alterno, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante la precitada Comision Especial; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; la Ley 28933, Ley que establece el sistema de coordinacion y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversion; y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar al representante; asi como, al representante alterno, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante la Comision Especial a cargo de la representacion del Estado en las Controversias Internacionales de Inversion, tanto en su etapa previa de trato directo, cuanto en la propia etapa arbitral o de conciliacion, a que se refiere la Ley N° 28933, modificada por la Ley N° 29213, respecto a la controversia relativa al Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la empresa concesionaria Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA S.A., segun se indica: Representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministra de Construccion y Saneamiento Representante Alterno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento: Aouda Annel Del MORDAZA MORDAZA, abogada del Gabinete de Asesores del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 2.- Notificar la presente Resolucion al Presidente de la Comision Especial a que se refiere el articulo 11 de la Ley N° 28933, y a las personas designadas por el articulo 1 de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 971453-1

VIVIENDA CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan representantes titular y alterna del Ministerio ante Comision Especial que representa al Estado en las Controversias Internacionales de Inversion, respecto a la controversia relativa al Contrato de Concesion suscrito con la empresa Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 193-2013-VIVIENDA MORDAZA, 6 de agosto de 2013 VISTO, el Oficio N° 122-2013-EF/CE-36 del Presidente de la Comision Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversion, Ley N° 28933; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28933, Ley que establece el sistema de coordinacion y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversion, modificada mediante la Ley N° 29213, creo el Sistema de Coordinacion y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversion; precisando que la misma es aplicable, entre otros, a los Acuerdos celebrados entre Entidades Publicas e inversionistas nacionales o extranjeros en los que se confiera derechos o garantias a estos ultimos, tales como contratos de concesion; Que, el articulo 4 de la indicada Ley, establece que conforman el Sistema de Coordinacion y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversion, el Coordinador, la Comision Especial y todas las Entidades Publicas que suscriban acuerdos senalados en el literal a) del numeral 3.1 del articulo 3, o que representen al Estado peruano en la suscripcion de tratados senalados en el literal b) del numeral 3.1 del articulo 3, MORDAZA indicado; Que, en ese sentido, el articulo 7° de la Ley N° 28933, creo la Comision Especial adscrita al Ministerio de Economia y Finanzas, la misma que tiene por objeto la representacion del Estado en las Controversias Internacionales de Inversion, tanto en su etapa previa de trato directo, cuanto en la propia etapa arbitral o de conciliacion; Que, conforme a lo establecido en el numeral 7.2 del articulo 7 de la Ley 28933, la Comision Especial entrara en funciones a partir de la convocatoria de su Presidente con motivo del surgimiento de cada controversia que se presente, y sesionara las veces que sea necesario hasta que se hubiere llegado a un acuerdo con el inversionista en la etapa de trato directo o hasta la solucion de la controversia por arbitraje o conciliacion; Que, asimismo, el literal f) del numeral 7.3 del articulo 7 de la Ley en comentario, establece que la Comision Especial estara conformada por miembros permanentes y no permanentes, comprendiendo entre estos ultimos, a un representante de cada Entidad Publica involucrada en una controversia; Que, mediante Oficio N° 122-2013-EF/CE-36, el Presidente de la Comision Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversion, Ley N° 28933, solicito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la designacion de su representante; asi como, de su representante alterno ante dicha Comision Especial; en relacion a la controversia relativa al Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, construccion,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.